El Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe, integrado para el caso de manera unipersonal por la Dra. Martha Feijoo, resolvió en el día de la fecha, rechazar el recurso de reposición interpuesto por el MPA, en relación a una resolución previa de la misma jueza que pretendía se disponga la inadmisibilidad de lo dispuesto por el juez de primera Instancia, para que no se lleve a adelante una Cámara Gesell con la participación de una profesional psicóloga propuesta por la defensa técnica del imputado.
En su resolución la jueza de la alzada penal sostiene que si bien la recurrente discrepa en lo que hace “exclusivamente a la admisibilidad del recurso” porque considera, contrariamente a lo resuelto por este tribunal, que la resolución dictada el pasado 27 de octubre de 2021 es apelable, consideró que resulta necesario liminarmente a fin de evitar interpretaciones erróneas y sobre la decisión que dictara en fecha 10 de noviembre de 2021, señaló que “la desestimación de un recurso...” -su inadmisibilidad- “... no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida”.
“En rigor la conclusión que cabe extraer... es que el recurso deducido no ha superado el examen...” del tribunal encaminado a admitir los recursos conforme las pautas legalmente establecidas (cf. Fallo de la CSJN del 28 de octubre de 2021 en “Vidal Matías Fernando Cristobal y otros s/ infr. Ley 24.769, Consid. 16)”, enfatizó.