Los bancos estarán obligados a abrir las cuentas para el pago de jubilaciones y pensiones en la entidad y sucursal que disponga el ente que paga el beneficio y no podrán negarse a tener a los jubilados como clientes.
Por tal motivo, el organismo encargado de pagar el beneficio, ya sea la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) o cualquiera de los institutos previsionales o cajas jubilatorias de orden provincial, será quien disponga cuál es el banco pagador.
“La actual Ley de Entidades Financieras estipula que los bancos deben responder a las peticiones del Poder Ejecutivo. De este modo, la ANSeS tendrá la potestad de definir en qué bancos y en qué sucursales cobrarán los beneficiarios de la seguridad social”, señaló el BCRA en un comunicado.
Asimismo, fuentes oficiales explicaron que la decisión abarca no solo a las jubilaciones y las pensiones, sino también a la Asignación Universal por Hijo (AUH), el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y a todas las prestaciones de la seguridad social.
El objetivo de la medida es ampliar la cantidad de sucursales y mejorar la distribución geográfica en todo el país, a través de las cuales se pagan jubilaciones y pensiones, señalaron fuentes oficiales.
Asimismo, el titular de cada uno de esos beneficios conservará la posibilidad de elegir en qué sucursal bancaria quiere cobrar; la Anses no exigirá a los jubilados cobrar en un banco determinado, pero sí podrá exigirle a una entidad financiera que abra una cuenta previsional a un beneficiario.
Fuente: Infobae