Entró en vigencia la Resolución General 907/21 que establece límites a la operatoria de dólares financieros y limitan el pago anticipado de importaciones hasta el 31 de octubre. Como fue anticipado en el día de ayer, el Banco Central (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV) establecieron nuevas medidas para acotar el drenaje de dólares que viene padeciendo el organismo en más de cuatro semanas consecutivas y evitar el "rulo" que se generaba por la brecha entre el dólar CCL ("oficial") y las cotizaciones "libres". En la última ronda, el Banco Central vendió u$s100 millones para calmar los dólares y abastecer la demanda. Como cada nueva medida, se aguarda la respuesta del mercado.
Por un lado, reduce el monto máximo operable para vender dólar MEP a 50.000 nominales por semana mediante bonos bajo legislación local. Hasta ahora, ese límite sólo regía para el contado con liquidación (CCL). Esto apunta a que el BCRA tenga que destinar menos divisas de las reservas a contener la brecha cambiaria entre las cotizaciones financieras “reguladas” por su intervención, fundamentalmente la realizada con el título AL30, y el dólar oficial. La brecha del dólar CCL "oficial" y las cotizaciones "libres" (CCL y Senebi) habría potenciado la dolarización dándole forma a un "rulo" que generaba una ganancia de $20 por dólar.
Ahora, la medida bloquea la posibilidad de operar cualquier otro activo (que no sean los bonos ley local) en MEP o Cable y de transferirlos al exterior cuando se haya vendido AL30D o AL30C, es decir, cuando se haya comprado dólares financieros con el título en el que interviene la autoridad monetaria.
En concreto, la CNV dispuso que sólo se pueda operar CCL si “en los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT” (es decir, por pantalla) o si “existe manifestación fehaciente” de no realizar esas operaciones durante los 30 días corridos subsiguientes. Así, alguien que haya hecho MEP o CCL con AL30, recién podrá hacer estas operatorios con otros activos (bonos bajo ley extranjera, acciones, letras, etcétera) 30 días después, lo que impide el arbitraje.
Fuente: Ámbito