La Resolución 6/2019 del Ministerio de Producción y Trabajo establece el ingreso mínimo a partir del 1° de agosto de 2019, en 14.125 pesos para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa, mientras que se fija en 70,62 pesos por hora para los jornalizados.
Desde el 1° de septiembre, la remuneración para los mensualizados ascenderá a 15.625 pesos y la hora para los jornalizados lo hará a 78,12 pesos, a la vez que a partir del 1° de octubre, los ingresos subirán a 16.875 pesos y 84,37 pesos, respectivamente.
Además, mediante la misma resolución, se incrementan los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo durante los meses de agosto, septiembre y octubre.
Estas sumas fueron establecidas el viernes último tras la sesión plenaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Fuente: Prensa Presidencia de la Nación