El Ministerio Público de la Acusación (MPA) abrió un proceso disciplinario contra Marcelo Sain, ex ministro de Seguridad y actual director del Organismo de Investigaciones (OI), órgano auxiliar de los fiscales. Es a partir de las presentaciones del jefe de los fiscales de Santa Fe, Carlos Arietti, y de legisladores provinciales.
La instancia lleva la firma del fiscal general Jorge Baclini, que revoca un rechazo inicial de María Cecilia Vranicich (auditora del MPA) y designa entonces como auditor ad hoc a Rubén Martínez, fiscal regional de Reconquista.
Arietti denunció a Sain al considerar que el ex ministro de Seguridad es responsable del hacinamiento en comisarías, escuchas a integrantes de los tres poderes del Estado y presuntas irregularidades en una licitación para la compra de armas de fuego, entre otras cosas.
Casi 30 diputados habían rechazo el regreso o permanencia de Sain en el OI, lo que finalmente se concretó. Entre los argumentos, los legisladores plantean “la incompatibilidad con el cargo anterior, la revisión de su tarea como ministro. los ataques a la libertad de prensa, a legisladores opositores y funcionarios judiciales. su militancia política partidaria y agresiva y que tiene al menos una denuncia penal en contra”.
La petición a Baclini fue firmada por diputados del Frente Progresista, Juntos por el Cambio y parte de Somos Vida. No lo hicieron, en cambio, ninguno de los legisladores del Partido Justicialista.
Además, lo denunciaron en el Inadi por sus diversas declaraciones vertidas entre diciembre de 2019 y marzo de 2021 en medios de comunicación, redes sociales y Whatsapp.
"La potestad disciplinaria de este organismo permanece intacta como para proceder a la apertura de un sumario disciplinario a los fines de que los órganos correspondientes evalúen efectivamente si los hechos denunciados conforman o no conductas sancionables dentro de esta esfera", indica la resolución de Baclini.
La resolución ordena que un auditor ad hoc (en este caso, el Fiscal Regional Martínez) encabece el denominado procedimiento de admisibilidad (de 60 días hábiles). Una vez agotado ese procedimiento, el auditor ad hoc podrá: disponer el inicio de la investigación disciplinaria, desestimar las denuncias o formular los cargos. Luego, en caso que hubiera acusación, se deberá constituir el Tribunal de Disciplina y se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 61 de la ley 13.013.
Fuente: Rosario3