A partir del 15 de enero, entrará en vigencia en la ciudad de Santa Fe la Ordenanza N° 13.103, que introduce cambios en la regulación del transporte de personas a través de aplicaciones móviles. La norma, aprobada en diciembre por el Concejo Municipal, modifica la Ordenanza N° 12.991 y establece nuevas exigencias para conductores y vehículos que presten este tipo de servicios.
Uno de los puntos centrales de la nueva reglamentación es el plazo de 30 días hábiles que tendrán los conductores para regularizar su situación. Según lo dispuesto en el artículo 8°, quienes deseen transportar pasajeros mediante plataformas electrónicas deberán inscribirse en el registro de conductores habilitados y contar con licencia de conducir profesional categoría D1. Este período de adecuación vencerá el 3 de marzo de 2026, aunque desde el municipio aclararon que el registro permanecerá abierto de manera permanente.
Tras la promulgación de la norma, el intendente Juan Pablo Poletti remarcó que el objetivo principal es garantizar condiciones de seguridad para los usuarios. “Queremos garantizar que quien transporta personas sea una persona idónea, con carnet profesional y con el auto en condiciones reglamentarias”, señaló, y anticipó que los controles serán estrictos tanto para choferes de aplicaciones como para taxis y remises.
Las modificaciones implican un cambio de enfoque en el modelo regulatorio, ya que la habilitación deja de centrarse en las plataformas digitales y pasa a focalizarse en los conductores y vehículos que efectivamente operan en la ciudad. Desde el Ejecutivo municipal indicaron que la norma fue elaborada tras reuniones con representantes de taxistas, remiseros, empresas de aplicaciones y concejales.
Poletti fue enfático al advertir que quienes no se inscriban dentro del plazo previsto podrán ser sancionados, incluso con la retención del vehículo. “No hay más excusas para transportar pasajeros sin ser conductor profesional”, afirmó el intendente, al tiempo que aclaró que aquellos choferes que cumplan con los requisitos podrán desempeñarse tanto en aplicaciones como en el sistema de taxis o remises.
Entre los cambios introducidos, la ordenanza establece que los viajes solo podrán realizarse cuando la solicitud haya sido aceptada o procesada a través de la plataforma, quedando prohibida la captación de pasajeros en la vía pública bajo modalidad de oferta directa.
En cuanto a los requisitos para los vehículos, se fijó una antigüedad máxima de 9 años, ampliable a 12 años para unidades híbridas o eléctricas, mientras que para taxis y remises será de hasta 15 años. Además, deberán contar con cuatro puertas, capacidad mínima para tres pasajeros, Revisión Técnica Obligatoria vigente, seguro obligatorio para terceros transportados, libre multa personal, radicación en Santa Fe y patente al día.
Finalmente, la normativa prohíbe expresamente el transporte comercial de pasajeros en motovehículos, independientemente de la modalidad de contratación, consolidando un marco regulatorio más estricto para el funcionamiento de las apps de viajes en la ciudad.


