El procurador general interino Eduardo Casal le recomendó a la Corte Suprema la “suspensión urgente” de un fallo de la Justicia Federal de Bariloche que ordenó escriturar a favor una comunidad mapuche unos terrenos pertenecientes al Ejército Argentino.
“Solicito la suspensión urgente de la sentencia dictada en primera instancia, cuya apelación la cámara consideró extemporánea”, sostuvo Casal sobre un fallo del 2 de febrero del año pasado que hizo lugar a la demanda de la Comunidad Mapuche Millalonco Ranquehue y ordenó al Poder Ejecutivo Nacional que en 60 días transfiera a título gratuito al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) el dominio de las tierras.
Entre las razones invocadas por Casal para objetar el fallo figura que el Poder Judicial de Bariloche estaba invadiendo a los otros poderes, el Legislativo y el Ejecutivo, al ordenarle qué hacer con esos terrenos.
“La misión más delicada de la justicia radica en mantenerse dentro del ámbito de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que les incumben a los otros poderes. (…) El Máximo Tribunal ha señalado que ‘siendo un principio fundamental de nuestro sistema político la división del Gobierno en tres departamentos, independientes y soberanos en su esfera, las atribuciones de cada uno le son peculiares y exclusivas”.
“El uso concurrente o común de ellas haría necesariamente desaparecer la línea de separación entre los tres altos poderes políticos, y destruiría la base de nuestra forma de Gobierno”, opinó el procurador.
A principios de 2022 la justicia de Bariloche ordenó al Estado Nacional transferir los terrenos al INAI para su escrituración a favor de la Comunidad Mapuche, y si bien el Estado Nacional apeló lo hizo fuera de término.
A raíz de ello se inició una causa judicial en los tribunales de Comodoro Py ante la posibilidad de que los funcionarios que debían apelar el fallo “pudieron haber tenido conocimiento de aquella circunstancia e, incluso, haber impartido la orden de ‘dejar vencer los plazos’ y dar luego apariencia de una mínima diligencia mediante la presentación tardía del recurso”.
En ese expediente, la Cámara Federal porteña dictó una medida cautelar “a los efectos de impedir la producción de cualquier acto administrativo por parte del Poder Ejecutivo Nacional, del INAI o cualquier otro organismo público que pudiera resultar con competencia tendiente a transferir el dominio de las tierras”.
De esa manera, frenó la ejecución del fallo de la justicia de Bariloche.
Según el procurador Casal, “en el caso se configura un supuesto de gravedad institucional que justifica la intervención de la Corte Suprema pues existe un interés institucional de orden superior que radica en la necesidad de procurar una recta administración de justicia”.
El dictamen sostiene que debe participar en el expediente la provincia de Río Negro, el Municipio de San Carlos de Bariloche y la Administración de Parques Nacionales, pues “poseen directo interés en el presente proceso”.
Casal recordó que una medida como la dispuesta por los tribunales barilochenses debe ser tomada mediante una ley nacional.
“El Poder Ejecutivo dispondrá la transferencia de las tierras afectadas a esos fines a la autoridad de aplicación para el otorgamiento de la posesión y posteriormente de los títulos respectivos. Pero ello requiere ley del Congreso”, señaló.
En ese contexto, opinó que el fallo de primera instancia “ha interferido indebidamente en el ejercicio de poderes y funciones conferidos al Legislativo, actuando con evidente ausencia de jurisdicción”.