La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) anunció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante diciembre, y también extendió hasta el 31 de marzo de 2021 el régimen de reintegros para los sectores vulnerados. Ambas resoluciones se publicaron en el Boletín Oficial este miércoles.
Mediante la resolución general 4892/2020, en la que se oficializó la extensión de los beneficios para contribuyentes, también se volvieron a suspender las exclusiones de monotributistas correspondientes a diciembre.
De esta manera se extienden los beneficios vigentes desde marzo con el objetivo de contener el impacto económico que tuvo la pandemia de coronavirus sobre las personas que son monotributistas.
Ningún monotributista será dado de baja de oficio por falta de pago en diciembre. También se resolvió que diciembre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas sistémicas. pic.twitter.com/BN5SohV7Ml
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) December 30, 2020
La AFIP resolvió que diciembre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas. La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas.
En tanto, se definió que este y otros cruces sistémicos que generan la baja del régimen no serán utilizados en diciembre para proceder con exclusiones de oficio.
Extensión de reintegros
Por otra parte, con la resolución 4895/2020 se extendió hasta el 31 de marzo de 2021 el régimen de reintegros para los sectores vulnerados.
La devolución del 15% del monto total de los consumos con tarjeta de débito alcanza a personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo, así como a los y las titulares de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y Embarazo (AUE).
El régimen de reintegros para los sectores vulnerados seguirá vigente hasta el 31/3/2021. La devolución del 15% del monto total de los consumos con tarjeta de débito beneficia a personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo y a los y las titulares de la AUH y la AUE pic.twitter.com/K8dfkfGTvT
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) December 30, 2020
Los reintegros ascienden hasta los $700 pesos mensuales por beneficiario, escalando hasta un un monto máximo de $1.400 para titulares de la AUH con dos o más hijos.
Los reintegros se acreditan en forma automática cuando las personas jubiladas, pensionadas y titulares de la AUH y la AUE realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones.
Las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR) también están alcanzadas por el beneficio.