La Ley de Juicio por Jurados fue sancionada el 21 de marzo y promulgada el 27 de marzo de 2024, en cumplimiento de la Constitución Nacional y el Código Procesal Penal de la provincia de Santa Fe, pero nunca había sido aplicada en territorio santafesino.
Su implementación será progresiva de acuerdo al siguiente cronograma: desde el 1° de octubre en la Circunscripción Nro. 5 de Rafaela, desde el 1° de noviembre en la Nro. 4 de Reconquista y desde el 1° de diciembre en la 3 de Venado Tuerto. En 2025 se hará en los dos lugares con más causas: en la 1 de Santa Fe desde el 1° de abril y en la 2 de Rosario desde el 1° de agosto.
Los delitos que serán juzgados por este nuevo sistema para la provincia serán: homicidios calificados, abusos sexuales seguidos de muerte, robo calificado por homicidio y el personal policial y o penitenciario que haya actuado en situación de enfrentamiento, todo esto incluso en grado de tentativa.
Al respecto, el Ministro de Justicia y Seguridad de la provincia, Dr. Pablo Cococcini, indicó que “comenzaron las capacitaciones para todos los actores del sistema, la Corte lo hará con los notificadores para explicar al ciudadano cuando reciba una citación a integrar un jurado. Vamos a dar inicio a un proceso de divulgación pública, para que sepan de qué se trata. Derechos y responsabilidades como miembros de un jurado. Estamos devolviendo a la gente su potestad de juzgar los casos criminales”.
Luego, el funcionario explicó que “para ser jurados la regla es que pueden todos los mayores de edad, salvo exclusiones de ley, por sesgo personal, son 12 titulares y 2 suplentes, con selección de las partes de una lista de más gente, que se sortea del padrón. Se hará con paridad entre hombres y mujeres, se podría negar invocando una causal grave que impida actuar y el juez puede excusarla, pero si no, es una carga pública” y aclaró que “no es una función paga, pero sí habrá una contemplación de viáticos”.
Cococcioni indicó más adelante que “el jurado representa al común de la sociedad, en base a una valoración de la evidencia basada en el sentido común, no a conocimiento técnico. La ley lo indica, evita que una persona con conocimiento previo intervenga para que no se guíe con otra cosa que con las evidencias y discusiones. Es un jurado similar al sistema norteamericano, puro, integrado por ciudadanos, los jueces no componen la deliberación, que es secreta”.
En la continuidad de la explicación, el ministro dijo también que “la ley impone como norma general, unanimidad de los 12 jurados, y luego de varios intentos, si no se logra, se desbloqueará con una mayoría calificada de 10 sobre 12. Si no, el juicio se estanca y el fiscal podría pedir un nuevo juicio. El veredicto va sobre la culpabilidad o no, y sobre la calificación. Luego el juez va a determinar la consecuencia jurídica y aplicará la pena” y volvió a aclarar que “estamos devolviendo a la gente la potestad de juzgar los casos penales”.