Los monotributistas que facturen por encima de los topes previstos en Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes no serán excluidos, al menos hasta fines de febrero de 2020. Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de una Resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial. De esta forma, quedó suspendido el procedimiento sistémico de la exclusión “de oficio”.
Según el organismo tributario, la decisión fue tomada por la magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país y por pedido del Poder Ejecutivo, que le encomendó implementar medidas para amortiguar el impacto negativo. Al exceder el monto de la última categoría del monotributo (correspondiente a una facturación de más de $1.726.599), el contribuyente es dado de baja del régimen simplificado y de alta en los tributos correspondientes al régimen general, donde pasa a pagar tributos como IVA, Ganancias y Autónomos.
"Suspéndese hasta el 29 de febrero de 2020, el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General No 4.309 y su modificatoria", expresa el decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
Desde la AFIP aclararon que la medida no suspende todas las exclusiones, sino el “proceso sistemático de exclusión”.
Fuente: Infobae