En un fallo relevante, el juez federal Adrián González Charvay, del Juzgado de Campana, declaró inconstitucional el veto impuesto por el presidente Javier Milei sobre la Ley 27.793, conocida como Ley de Emergencia en Discapacidad. La medida, aprobada por unanimidad en el Congreso, declaraba la emergencia del sector hasta el 31 de diciembre de 2027, estableciendo aumentos en pensiones no contributivas por invalidez, actualización de aranceles y compatibilidad con empleo formal.
El juez sostuvo que el veto, además de afectar el derecho a la salud, educación y rehabilitación de personas con discapacidad, constituye una “clara discriminación”, en particular hacia niños que requieren una protección reforzada. Basó su decisión en obligaciones constitucionales e internacionales, incluyendo la reciente opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho autónomo al cuidado.
El fallo tiene efecto inmediato sobre los dos menores que presentaron el amparo, ordenando a sus obras sociales adecuar prestaciones conforme a lo que establecía la ley; asimismo, los costos judiciales quedaron a cargo del Estado. Aunque la sentencia aplica directamente solo a esta familia, representa un precendente significativo frente al uso del veto presidencial.
El gobierno argumentó que la ley tenía un impacto fiscal elevado —estimado en billones de pesos— y por ello decidió vetarla. Sin embargo, esta decisión generó una fuerte respuesta social y judicial, que refuerza la tensión entre políticas de austeridad y derechos fundamentales.


