La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, que conforman los magistrados Fernando Barbará, Aníbal Pineda, y Elida Isabel Vidal, revocó la medida cautelar otorgada por la jueza de primera instancia, Sylvia Aramberri. Un fallo de esta magistrada había permitido a un grupo de madres a la practica del autocultivo de cannabis con uso medicinal destinados a la salud de sus hijos que padecen distintas patologías.
De acuerdo a la disposición de la Cámara, "no existe verosimilitud para concluir que el remedio que quieren producir sea más beneficioso que el que provee gratuitamente y de forma vitalicia el Estado Nacional y que se pueden adquirir por mecanismos legales".
Para los jueces, la medida cautelar interpuesta por la jueza de primera instancia reviste características muy específicas que requieren un estudio profundo alejado de toda subjetividad posible.
Los integrantes de la Sala A de la Cámara de Apelaciones entiende que la producción de medicamentos es materia de la ANMAT, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médicamentos, ente que tiene el poder de policía y es el encargado de garantizar que los productos para la salud sean eficaces, seguros y de calidad para la población.
Así, los jueces indican que no parece verosímil tener derecho a producir un medicamento casero por afuera de la normativa establecida por el organismo competente en la materia.
En diálogo con Veo Noticias, Laura Acosta, de Macame Santa Fe, analizó la medida de la justicia.
Fuente: La Capital