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Aumentos jubilados Legislatura

La Legislatura realizó modificaciones y los aumentos para pasivos impacatarán a los 30 días

La Legislatura provincial modificó la Ley 6915 para reducir el tiempo de traslado de las mejoras salariales al sector pasivo. Con este cambio, los jubilados provinciales percibirán sus incrementos con mayor celeridad.

26 de febrero de 2026


En una sesión clave desarrollada este jueves, la Legislatura de Santa Fe dio sanción definitiva a una modificación sustancial del régimen previsional para empleados públicos y funcionarios. El cambio central radica en la reducción de los plazos para que los aumentos del sector activo lleguen a los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones.

A partir de la entrada en vigencia de esta norma, las variaciones en los haberes jubilatorios tendrán vigencia a los 30 días de la fecha dispuesta para el personal en actividad. Hasta el momento, y bajo el marco de la emergencia previsional, dicho plazo se extendía a los 60 días.

Claves del nuevo esquema de haberes

La normativa modifica el Artículo 12 de la Ley N° 6915, estableciendo pautas claras para garantizar la equidad y rapidez en el cobro de los haberes:

  • Movilidad Sectorial: Los haberes se ajustarán mediante coeficientes determinados por el Poder Ejecutivo, basados en los incrementos reales del personal activo.

  • Promedio Ponderado: En casos donde el aumento para los activos no sea un porcentaje único, se aplicará un promedio para asegurar la equidad dentro de cada sector.

  • Reducción de Plazos: El impacto será efectivo al mes de su aplicación en los activos, independientemente de la fecha en que se liquiden efectivamente los montos.