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La Provincia ordenó que el personal de salud licenciado vuelva a la actividad

22 de septiembre de 2020


El Gobierno de Santa Fe confirmó este martes por la tarde que todo el personal de la salud que se encuentre de licencia, deberá reintegrarse al trabajo a raíz de la la pandemia que está azotando a la provincia.

La decisión del gobierno de Omar Perotti y del Ministerio de Salud recae en la saturación que hay en algunos puntos de la provincia, principalmente en la ciudad de Rosario donde los efectores públicos y privados comenzaron a saturarse por la aceleración en la curva de contagios y los casos positivos diarios.

Ante esto, la ministra Sonia Martorano firmó un decreto donde obliga a todo el personal de la salud licenciado a retomar a la actividad. Sin embargo, el decreto indica que "podrá exceptuarse de la medida dispuesta en el artículo 10 de la presente resolución, a aquellos agentes que, a juicio de este Ministerio de Salud, se encuentren en circunstancias excepcionales de fuerza mayor, que impidan, de manera insalvable, reincorporarse a la prestación de servicios".

El decreto punto por punto: 

LA MINISTRA DE SALUD Resuelve:

ARTÍCULO 1°.- Exceptuase de la justificación de inasistencias a la que refiere el artículo 1° del Decreto N° 26412020, complementado por el artículo 1° del Decreto N° 266/2020, a todo el personal dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, cualquiera fuere su escalafón de revista.

-ARTÍCULO 2 .- Encomiéndase a la Secretaría de ' Administración del Ministerio de Salud el estricto cumplimiento del artículo 2° del Decreto N° 26612020, instruyendo a los Directores de efectores públicos de salud que deberán readecuar los horarios de prestación del servicio, organizando los turnos y rotaciones de sus dotaciones de personal, a fin de asegurar la cobertura de los mismos, arbitrando las medidas necesarias tendientes a cubrir las tareas de todas las áreas de manera eficiente.

-ARTÍCULO 3°.- Déjase establecido que podrá exceptuarse de la medida dispuesta en el artículo 10 de la presente resolución, a aquellos agentes que, a juicio de este Ministerio de Salud, se encuentren en circunstancias excepcionales de fuerza mayor, que impidan, de manera insalvable, reincorporarse a la prestación de servicios