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Nuevas medidas sanitarias en la provincia a partir de este sábado

El gobierno de Santa Fe decidió mantener las restricciones durante este fin de semana a la circulación y la actividad deportiva y la limitación a la actividad comercial pero, a partir del lunes y hasta el 25 de junio próximo se suman nuevas actividades.

11 de junio de 2021


Tras conocerse el alcance del decreto de necesidad y urgencia nacional, el gobierno provincial tomó una serie de medidas restrictivas con vigencia a partir de este sábado 12 de junio en contra de la propagación del coronavirus.

El gobernador Omar Perotti junto a la ministra de Salud, Sonia Martorano, brindaron este viernes por la noche los detalles sobre la continuidad de las medidas de convivencia en pandemia en el marco de la segunda ola de Covid 19. Aclararon que las clases presenciales regresan a algunas localidades donde las condiciones epidemiológicas lo permiten. "El esfuerzo hecho hasta aquí nos muestra una leve mejoría, pero de no continuar con este tipo de medidas podríamos poner en juego lo logrado", sostuvo el gobernador quien destacó el ritmo de la campaña de vacunación en la provincia, donde ya hay 988.436 y se espera que el sábado se alcance el millón de primeras dosis.

El anuncio fue divido en dos tramos. Las medidas comprenden, por un lado,  fin de semana y establecen que: 

Sólo podrán circular
- Quienes cumplan actividades autorizadas o esenciales dispuestas en el DNU del Poder Ejecutivo Nacional.
- Quienes estén debidamente justificados por una situación de fuerza mayor (asistencia médica, turno de vacunación,
cuidado de personas).
Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial Coronavirus Santa Fe o la app Covid19-AR

Actividades comerciales autorizadas
Actividades autorizadas de 6 a 18 hs.
- supermercados mayoristas y minoristas
- comercios de proximidad de venta de alimentos e higiene personal y limpieza
- farmacias
- ferreterías
- veterinarias
- provisión de garrafas
Con factor de ocupación de la superficie destinada a atención del público que no supere el treinta por ciento (30%).

Los locales gastronómicos deberán desarrollar la actividad sin la concurrencia de comensales y sólo en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que se realicen en locales de cercanía.

Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre de quienes no convivan en el mismo domicilio.

En tanto, desde el lunes 14 hasta el viernes 25 de junio inclusive Perotti anunció las siguientes medidas de convivencia:

Comercio Mayorista y Comercio Minorista
Venta de mercaderías / con atención al público. Se amplía el horario de la actividad del comercio mayorista y comercio minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las 19. El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Actividades comerciales

Queda habilitada la actividad de los locales comerciales ubicados en centros y paseos, en modalidad galería; cumplimentando las reglas generales de conducta, prevención y los protocolos establecidos, hasta las diecinueve horas (19hs).

Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 19hs.

Restricción a la Circulación Vehicular
● En todo el territorio provincial queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06hs hasta las 20hs.
A partir de las 20hs y hasta las 06hs del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.

Quedan exceptuados de la restricción: Quienes cumplan con su actividad laboral. Quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).

Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial COVID19 o app CUIDAR.

Actividades Religiosas
Se habilitan las actividades religiosas al aire libre sin superar las 10 personas, manteniendo la distancia mínima de 2
metros y el uso de barbijo en todo momento.

Actividades recreativas

Sólo bajo modalidad entrenamiento, al aire libre y sin superar las 10 personas, se habilita la actividad de clubes, gimnasios, natatorios y otros establecimientos afines.

Continúa suspendida la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las
competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.

Continúan suspendidas las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados,
actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.

Actividades Sociales y Familiares
Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados.

Teletrabajo / Trabajo Remoto
Personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los Municipios y Comunas. Se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios y Comunas de la Provincia, a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible.

Suspensión de las siguientes actividades
-Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros,; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.

-Actividad inmobiliaria y aseguradora, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.

-Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, actividades de las obras sociales y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial; deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo; sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.

-Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.