Se aclaró que “las reformas al Código de Faltas corresponden sólo a la Parte General” y que en otra oportunidad será revisada la Parte Especial. Entre los puntos salientes, se destaca que “nueve (9) contravenciones o faltas serán de instancia privada”; que el juicio deja de ser escrito y pasa a ser oral y actuado; que para la “responsabilidad contravencional de menores” la imputabilidad regirá a partir de los 16 años de edad.
Se destaca, como una de las principales modificaciones, “los funcionarios encargados de la acusación e investigación, los que actuarán específicamente como jueces de faltas y los que ejercerán la defensa del imputado”. Asimismo, “se abre la participación también a las comunas y municipios en el rol de la acusación de algunas faltas y al particular ofendido en otras faltas que se consideran de instancia privada”.
Por Veo Noticias se refirió al respecto el Diputado (FpV) Leandro Busatto.