Los que decidan pagar de contado tendrán descuentos que van del 30% al 20%; y hay convenios en cuotas con o sin anticipos. Para información o celebrar los acuerdos acercarse al Tribunal de Faltas (Salta 2948) o las otras tres sedes del Gobierno de la Ciudad.
El Gobierno de la Ciudad puso en marcha, a través de una ordenanza, un régimen excepcional de regularización, bonificaciones y/o facilidades para el pago de actas de infracciones de tránsito correspondiente a 2017, es decir desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de ese año. Los que decidan pagar de contado la totalidad y se acerquen antes del 30 de septiembre tendrán un descuento del 30%, pero también hay distintos planes de financiación.
Para concretar el pago o conocer los planes, el infractor deberá acercase a una de las cuatro sedes habilitadas: Tribunal de Faltas (Salta 2948), Estación Belgrano (bulevar Gálvez 1150), en la Dirección de Talleres y el Depósito de Vehículos Retenidos (Bulevar Pellegrini y Pte. Perón) y en el Predio Ferial (Las Heras 2829).
Vale aclarar que dentro de este plan quedarán alcanzadas aquellas actas de infracción que no posean sustento tecnológico, esto es, que no hayan sido registradas a través del sistema de control inteligente de infracciones por medios electrónicos, fílmicos, fotográficos o de grabación de video. También quedan afuera las infracciones que fueron registradas por censores de medición, radar o control de semaforización; y las cámaras fijas de control urbano.
Distintas opciones
La ordenanza fija plazos y bonificaciones para los que decidan hacer los pagos de contado. El mayor descuento lo obtendrán los que elijan hacerlo antes del 30 de septiembre; hasta el 15 de noviembre, será del 25% y hasta el último día del año 2018, será del 20%. A la vez, en cualquiera de estos casos, la totalidad de la deuda se podrá financiar hasta en 12 cuotas pagando con tarjeta de crédito del Banco Santa Fe; y el descuento se aplica igual.
La normativa también fija distintos planes de financiación, pero los convenios deberán suscribirse hasta el 31 de diciembre de 2018. Una opción es con un anticipo del 20% y una cantidad máxima de cuotas de 18; con un adelanto del 10% y un máximo de 12 cuotas; y sin pago previo, un máximo de 10 cuotas. En todos los casos son mensuales, iguales y consecutivas, y tendrán un interés sobre saldos del 2% mensual.
Para tener en cuenta
Hay una serie de observaciones a tener en cuenta como por ejemplo que la cuota mínima en los planes de pago o el anticipo para aquellos planes que lo admitan, no podrá ser inferior a $300. El importe de las notificaciones y la tasa de actuación administrativa correspondiente a la formalización del convenio, se incluyen en el importe del anticipo, salvo en el caso donde no hay un adelanto y aquí están incluidos en la primera cuota.
Es necesario aclarar que los ciudadanos que quieran recibir un descuento o adherirse a algún plan deberán hacer el trámite de manera personal porque el sistema online del Gobierno de la Ciudad no está habilitado para estos casos. La gestión la podrá hacer en cualquiera de las cuatro sedes mencionadas anteriormente.
Además si decide hacer en un pago de contado, el trámite lo puede realizar cualquier persona en nombre del infractor, pero si opta por algún convenio lo deberá hacer el titular del vehículo. También es necesario aclarar que si posee infracciones de años anteriores a 2017 o incluso de 2018 y quiere regularizar la situación va a tener que pagar dos liquidaciones porque se trata de situaciones distintas.
Es necesario recordar que para renovar la licencia de conducir se debe presentar el libre de multa. Los que decidan pagar de contado, además del descuento, obtienen la constancia en forma inmediata, pero si eligen un plan de cuotas hasta que no se abone la última no podrán completar este trámite.
Detalles del convenio
Los planes de pago quedarán confeccionados una vez abonada la primera cuota, dentro de las 48 horas de la suscripción del convenio. El vencimiento de las cuotas operará, respectivamente, los días 15 –o los hábiles subsiguientes– de cada mes, a partir del mes inmediato posterior al vencimiento de la primera cuota o el anticipo en caso de corresponder.
El plan de financiación caducará en caso que haya dos cuotas consecutivas o alternadas impagas. La caducidad se producirá en forma automática, sin necesidad de notificación, requerimiento o intimación previa, tornándose exigible la totalidad del saldo.
El responsable del convenio caduco, podrá solicitar, por una única vez, el rescate individual o la rehabilitación de convenios, según corresponda, abonando la tasa de actuación administrativa correspondiente y la liquidación de las cuotas vencidas, a las que se les adicionará el porcentaje de interés respectivo. De esta forma cobrará nuevamente vigencia el convenio caduco.
La falta de pago a su vencimiento de cualquiera de las cuotas acordadas y en tanto el convenio mantenga su vigencia, motivará la aplicación de los accesorios por mora del 3% mensual, no computable por día.