El proyecto de ley se titula “conversión de días feriados en días no laborables por lo que resta del año 2020”. El nombre designado se puede interpretar de manera literal: la transformación, en términos excepcionales y solo por este año, de los feriados nacionales establecidos por la Ley 27.399 de “Establecimiento de Feriados y Fines de Semanas Largos, Feriados Nacionales y Días No Laborales” que le quedan a 2020. La medida atañe a tres feriados trasladables, uno de carácter inamovible y otro destinado a la promoción de la actividad turística: el único que se pretende respetar es la Navidad del 25 de diciembre.
La propuesta pretende, a su vez, suspender la facultad del Poder Ejecutivo para declarar días feriados no laborables en procura de la estimulación de la industria del turismo y derogar el decreto 717/2019 sancionado el 17 de diciembre del año pasado que establece como día feriado con fines turísticos los días 23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre de 2020.
La norma apunta, justamente, a convertir en días no laborables los próximos cinco feriados. El artículo número dos del proyecto de ley aborda expresamente la transformación del único fin de semana extra largo que le queda al año: “Conviértase excepcionalmente en día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión católica, y sólo para el presente año, el feriado nacional del 8 de diciembre establecido por la Ley 27.399”.
Los días implicados son el lunes 17 de agosto, Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín, el lunes 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural, el lunes 23 de noviembre, trasladable del 20 por el Día de la Soberanía Nacional, y el de fines turísticos del lunes 7 y martes 8 de diciembre a efectos del homenaje a la Inmaculada Concepción de María.
El proyecto de ley fue concebido por José Luis Patiño, diputado nacional de Juntos por el Cambio. En sus fundamentos, expone los argumentos y la naturaleza de la propuesta: “Es importante destacar que dada la abrupta caída de la actividad económica en todos los sectores, resulta conveniente aprovechar el calendario para dinamizar la economía, sobre todo teniendo en cuenta que, debido al aislamiento preventivo y obligatorio, la actividad turística que originariamente se buscaba promover se encuentra restringida. Diversas estimaciones indican que cada día laboral equivale al 0,38% del PIB y, por otra parte, el costo laboral en días feriados, de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo, se incrementa sustancialmente para aquellos que presten servicios en estos días. Dinamizar nuestra economía en este contexto resulta indispensable para paliar las consecuencias de la crisis económica que nos deja la pandemia”.
Patiño describe este cambio como “oportuno, meritorio y conveniente”. En su cuenta de Twitter, el diputado ratificó su posición: “Entiendo que la reapertura gradual de actividades es una buena oportunidad para que muchos comercios, profesionales y pequeñas empresas puedan abrir y producir sin los costos que implica hacerlo durante un feriado obligatorio”. El 13 de septiembre de 2017, la Cámara de Diputados de la Nación votó la Ley de feriados nacionales inamovibles y trasladables, días no laborables y fines de semana largos. Hubo 103 ausencias, ninguna abstención, 153 votos afirmativos y un único voto negativo, el del diputado Patiño. Su fundamento fue que ya se habían perdido demasiados días de clase y la medida, más allá del beneficio del turismo, perjudicaba a otros sectores.
"Opté por convertirlos en no laborables, y no en eliminarlos, para que sea optativo de acuerdo a cómo cada empresa vino llevando la cuarentena. Las conmemoraciones de los feriados, que se supone que es el principal objetivo, pueden llevarse a cabo por los medios y en la escuela", dijo el autor de la iniciativa.
"En la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 176 se establece que 'en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En los feriados del 17 de agosto, 12 de octubre y 20 de noviembre, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador", consignó. A su vez, el diputado sugiere que el Día de la Virgen del 8 de diciembre opere como día no laborable para los ciudadanos que profesen la religión católica con el mismo alcance que la ley establece en sus artículos 2 y 3, en relación a las festividades judías y musulmanas.
En sus fundamentos, el proyecto de ley plantea que se pueden aplicar medidas alternativas para la concientización y la promoción de la educación en relación a la memoria del General Don José de San Martín, la Diversidad Cultural y la Soberanía Nacional, las razones de los próximos tres feriados. “Con respecto a los días no laborables con fines turísticos, podrán volver a contemplarse a partir del año próximo”, concluyó.
Fuente: Infobae