El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargás) multó con las "máximas sanciones" pecuniarias la actuación de Litoral Gas por la explosión del edificio de Salta 2141 que causó 22 muertes y dejó 60 heridos. La sanción no se acota a la actuación de la empresa después del siniestro, sino también a los días anteriores, cuando a partir del reclamo de una vecina se dispuso el corte del suministro y su reposición después de algunas reparaciones. En total, la multa sumó 6,5 millones de pesos. La empresa los pagó después de agotar todos los recursos para dejar sin efecto la sanción, por lo cual aún debe una cifra similar correspondiente a los intereses.
El abogado del Enargas, Ignacio Cloppet, declaró ayer en el juicio oral y público que busca establecer la cadena de responsabilidades, de acuerdo a la hipótesis de la fiscalía, que terminó en la tragedia que enlutó a la ciudad el 6 de agosto de 2013.
Desde ese día, a Cloppet se le encargó realizar las gestiones relacionadas con la causa judicial, trayendo desde las oficinas centrales del organismo la documentación requerida.
Entre otros documentos, el abogado se explayó sobre la sanción impuesta a la empresa a través de la resolución 2.879, fechada el 22 de abril de 2014, donde "se aplicó la pena máxima en cada una de las sanciones" por una decena de infracciones cometidas por Litoral Gas en los días anteriores al siniestro, y por su actuación después de producida la explosión de los departamentos.
La resolución del ente regulador del servicio cuestiona la actuación de Litoral Gas en sus intervenciones en el edificio de Salta 2141, tanto días antes como después del siniestro.
Entre otros puntos, según se ventiló en la audiencia de ayer, el Enargás consideró que la concesionaria del servicio "no dio adecuado tratamiento al reclamo" que realizó una vecina por fallas en el servicio, el 24 de julio de 2013, doce días antes de la explosión.
También cuestionó que cuando el 26 de julio el gasista José Allala realizó reparaciones en el gabinete de gas del edificio, la empresa no cumplió "con el procedimiento referente a la presentación de la documentación por parte de los matriculados", y "no contó con la comunicación de los trabajos realizados" para solucionar las irregularidades que habían motivado el corte del servicio.
Además, ese mismo día, se incumplió con la tarea de realizar verificación del edificio y no tener "conocimiento de los trabajos ejecutados, materiales utilizados y pruebas efectuadas por el matriculado actuante para regularizar las deficiencias que originaron el cierre del suministro".
En referencia al corte del suministro en el edificio, el 25 de julio, el ente regulador consideró que se realizó "sin haber tomado las medidas efectivas para impedir el accionamiento de la válvula de bloqueo de servicio" y que, cuando se decidió restablecer el servicio, se limitó a la "verificación solamente a la inexistencia de pérdidas en el cuadro de regulación".
Fuente: La Capital