La Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe aprobó en su novena sesión plenaria los dictámenes definitivos vinculados al Poder Judicial y a otros órganos constitucionales, que pasarán a formar parte de la nueva Carta Magna provincial.
La votación se produjo tras la elevación al pleno de los textos consensuados en la Comisión Redactora. Las reformas introducen cambios estructurales en la Corte Suprema, fijan un nuevo esquema de organización judicial, crean órganos con autonomía y rango constitucional, e incorporan cláusulas transitorias para ordenar la transición.
Cambios en la Corte Suprema
El artículo 84 de la Constitución fue modificado para ampliar la integración de la Corte Suprema de Justicia de cinco a siete miembros, con el criterio de garantizar paridad de género y representación territorial.
Los ministros serán designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa. Tendrán inamovilidad mientras conserven idoneidad física, intelectual y ética, cesando de pleno derecho al cumplir 75 años. Su remuneración no podrá ser disminuida salvo por leyes generales y transitorias. Estarán sujetos a juicio político.
La Corte ejercerá, entre otras, las siguientes competencias:
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Recursos de inconstitucionalidad contra decisiones de tribunales inferiores.
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Recursos de revisión de sentencias penales en casos previstos por ley.
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Conflictos de competencia entre jueces sin superior común.
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Conflictos entre poderes, con el Ministerio Público o el Defensor del Pueblo.
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Incidentes de recusación de sus ministros.
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Conflictos entre Provincia y Municipalidades, entre Municipalidades o entre poderes de una misma Municipalidad.
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Juicios de responsabilidad civil contra magistrados judiciales.
Además, se habilitó la creación de Colegios de Jueces para organizar a magistrados de revisión y de otras instancias.
Procuración General
La reforma incorpora a la Procuración General como parte del Poder Judicial, con la misión de defender la legalidad y los intereses generales de la sociedad.
El Procurador será designado por el Ejecutivo con acuerdo legislativo, durará cinco años en el cargo —con posibilidad de reelección por un período— y percibirá la misma remuneración que los ministros de la Corte. Podrá ser removido por la Asamblea Legislativa, por mayoría absoluta, ante mal desempeño o delitos dolosos.
Ministerio Público
Uno de los cambios centrales es la creación del Ministerio Público, órgano independiente de los poderes del Estado, con autonomía funcional y autarquía financiera.
Se compone de dos estructuras:
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Ministerio Público de la Acusación, encargado de diseñar y ejecutar la política de persecución penal y de resguardar los intereses de las víctimas.
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Ministerio Público de la Defensa, con misión de garantizar acceso a la justicia y asistencia jurídica integral a personas vulnerables o sin recursos.
Ambos son dirigidos por un Fiscal General y un Defensor General, designados por el Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura, por períodos de cinco años con posibilidad de reelección. Tienen estabilidad, remuneración equiparable a la Corte y régimen de remoción ante la Asamblea Legislativa.
Designación y control de jueces y magistrados
Los jueces, fiscales y defensores serán designados por el Ejecutivo con acuerdo legislativo, luego de un procedimiento público, transparente y con participación ciudadana.
Para ello funcionará un Consejo Asesor de Selección de la Magistratura y del Ministerio Público, integrado por representantes de los tres poderes del Estado, la abogacía y el ámbito académico.
Asimismo, se creó un Tribunal de Enjuiciamiento para magistrados y miembros del Ministerio Público, con integración plural (legisladores, abogados y un magistrado/fiscal/defensor según corresponda). El procedimiento será acusatorio, oral, público y con garantía de defensa.
Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo se incorpora con rango constitucional, con la misión de proteger los derechos de las personas y la comunidad frente a actos u omisiones de la administración pública. Su organización, designación y remoción serán reguladas por ley.
Cláusulas transitorias
Se aprobaron 15 cláusulas transitorias destinadas a ordenar la implementación de los cambios. Entre ellas, se dispone que todas las leyes reglamentarias deberán sancionarse en un plazo máximo de dos años, que los actuales fiscales y defensores se incorporarán de pleno derecho al nuevo Ministerio Público, y que los procesos judiciales en trámite seguirán su curso según la normativa vigente.
Jura de la nueva Constitución
Finalmente, se definió que la jura de la nueva Constitución santafesina se realice el viernes 12 de septiembre a las 17 horas.
Durante la sesión, además, se designó como presidente honorario de la Convención a Danilo Kilibarda, a propuesta de Marcelo Lewandowski, presidente del bloque Activemos.
