El Gobierno estableció arancel cero para la importación de partes de motocicletas para fabricantes locales. Así lo estableció mediante el Decreto 460/2023 de este jueves.
A través de la resolución impuso hasta el 31 de 31 de diciembre de 2028 inclusive, una alícuota del cero por ciento (0%) correspondiente al Derecho de Importación Extrazona (D.I.E) para las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M).
El derecho de importación será de aplicación únicamente para vehículos incompletos, totalmente desarmados, entendiéndose como tales a aquellos que presenten las características esenciales de los artículos completos, en los términos de la Regla General Interpretativa 2 a) del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
Asimismo, solo podrán acceder a dicho beneficio los sujetos que se identifiquen como fabricantes en la REPÚBLICA ARGENTINA -a través del World Manufacturer Identifier (WMI)- de vehículos comprendidos en las posiciones arancelarias consignadas en el Anexo del presente decreto, y que alcancen un Valor Agregado Local Mínimo.
El Valor Agregado Local Mínimo deberá alcanzar, para el conjunto de la actividad desarrollada en la REPÚBLICA ARGENTINA, los siguientes valores:
2024: 10%
2025: 11%
2026: 12%
2027: 13%
2028: 14%
Fuente: Ambito