La Defensoría del Pueblo de Santa Fe informó que quienes no pudieron votar en las elecciones nacionales del 26 de octubre podrán realizar el trámite de justificación hasta el miércoles 24 de diciembre.
Trámite: opciones virtual y presencial
Los electores tienen dos alternativas: ingresar al sitio web “infractores.padron.gob.ar” para completar los datos personales, adjuntar documentación y verificar si figuran como infractores del deber de votar. Asimismo, quienes no dispongan de acceso digital podrán acudir presencialmente a las oficinas de la Defensoría del Pueblo, con su documento y la documentación respaldatoria.
¿Quiénes pueden justificar la inasistencia?
Según el Código Electoral Nacional, están habilitados para justificar el no-voto:
- Personas que, al momento de la elección, se encontraban a más de 500 km de su lugar de votación.
- Quienes estaban enfermos o impedidos por fuerza mayor, con certificado médico oficial.
- Juces y sus auxiliares que debieron asistir a sus oficinas mientras duró la elección.
- Personal de empresas u organismos públicos de servicios cuya labor les impidió concurrir.
Documentación requerida y consecuencias del incumplimiento
Para justificar, se deberá presentar:
- Un certificado extendido por autoridad policial si fue por distancia.
- Un certificado médico si fue por enfermedad.
- Un comprobante de funciones para jueces o personal de servicios.
Quienes no realicen la justificación o paguen la multa correspondiente serán incorporados al Registro de Infractores al deber de votar, y no podrán ocupar cargos públicos durante tres años ni efectuar ciertos trámites ante organismos nacionales.


