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El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral: cómo funcionará el nuevo sistema de indemnizaciones

El Ejecutivo nacional oficializó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), incluido en la reforma laboral aprobada este año. El mecanismo comenzará a regir el 1 de noviembre y establece un nuevo esquema de financiamiento para el pago de indemnizaciones en el sector privado.

01 de junio de 2026


El Gobierno nacional reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo sistema previsto en la Ley de Modernización Laboral que modifica el esquema de cobertura para indemnizaciones y obligaciones laborales en el sector privado.

La medida fue oficializada este lunes a través del Boletín Oficial y establece las condiciones de funcionamiento del régimen, que comenzará a implementarse a partir del 1 de noviembre.

El FAL busca garantizar el pago de compensaciones laborales mediante fondos administrados por entidades financieras autorizadas, a través de aportes periódicos realizados por los empleadores.

Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral

El sistema alcanzará a empleadores del sector privado, con excepción de las actividades expresamente excluidas por la legislación y del empleo público.

De acuerdo con la reglamentación, cada empleador deberá constituir una cuenta individual en un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado por la Comisión Nacional de Valores (CNV).

A través de ese mecanismo se acumularán los aportes destinados a cubrir futuras indemnizaciones por despido.

La cobertura estará disponible únicamente para trabajadores registrados en tiempo y forma, siempre que cuenten con al menos doce meses de antigüedad previos a la finalización del vínculo laboral.

La normativa establece además que los fondos deberán cumplir criterios mínimos de suficiencia, liquidez y diversificación, parámetros que serán revisados periódicamente por las autoridades según la evolución del contexto económico y laboral.

Aportes, administración y control

Cada empleador deberá seleccionar una entidad habilitada por la CNV y obtener un identificador único denominado “ID FAL”.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de derivar las contribuciones mensuales a las cuentas correspondientes, integrando el sistema a la declaración unificada de la seguridad social.

En caso de que el empleador no informe el ID dentro del plazo de un mes, la CNV asignará automáticamente un fondo o fideicomiso para garantizar la continuidad del régimen y la portabilidad de los recursos.

Los aportes mensuales serán deducibles del impuesto a las ganancias y permitirán una reducción equivalente en las contribuciones patronales, salvo en situaciones donde la obligación de aportar se encuentre suspendida.

Las inversiones del FAL estarán limitadas a instrumentos financieros y valores negociados en Argentina, mientras que la comisión total de administración no podrá superar el 1 % anual del patrimonio administrado.

Cómo se pagarán las indemnizaciones

Ante una desvinculación laboral alcanzada por el sistema, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica.

Luego, la entidad administradora verificará la información bancaria y registral del trabajador antes de transferir directamente la compensación económica a su cuenta bancaria en un plazo máximo de cinco días hábiles.

La reglamentación aclara que la responsabilidad sobre el cálculo correcto de la indemnización continuará siendo exclusivamente del empleador.

El régimen también contempla mecanismos de portabilidad, permitiendo trasladar los fondos entre distintas entidades habilitadas y mantener la continuidad en casos de reorganizaciones empresariales, cesión de personal o transferencia de establecimientos.

Multas y fecha de implementación

El decreto prevé sanciones para quienes incumplan con los aportes obligatorios al FAL.

En esos casos, ARCA podrá aplicar multas y avanzar con mecanismos de ejecución fiscal. Los montos recaudados por sanciones serán destinados a los subsistemas de la seguridad social.

Asimismo, las cuentas vinculadas al Fondo de Asistencia Laboral quedarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios y contarán con garantías de confidencialidad y seguridad de la información intercambiada entre organismos.

Una de las definiciones centrales de la reglamentación tiene que ver con su puesta en marcha: aunque inicialmente se especulaba con una implementación anticipada, el Gobierno fijó el inicio oficial del nuevo sistema de indemnizaciones para el 1 de noviembre de 2026.