La Justicia Federal de Santa Fe condenó este viernes a cuatro expolicías y a un exsecretario judicial por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en el marco de la causa conocida como Laguna Paiva II. El juicio permitió reconstruir la persecución desplegada contra trabajadores ferroviarios, dirigentes gremiales y obreros de la región, además del impacto que el terrorismo de Estado tuvo sobre sus familias y niños.
La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal integrado por los jueces Ricardo Vázquez, Mario Gambacorta y Osvaldo Facciano, tras un proceso que analizó secuestros, tormentos, allanamientos ilegales y abandono de menores cometidos contra 34 víctimas.
Las condenas
Entre los condenados se encuentran tres exintegrantes del Departamento de Informaciones D-2 de la Policía de Santa Fe y un exfuncionario judicial federal.
Las penas impuestas fueron las siguientes:
- Antonio Parvellotti: 18 años de prisión.
- Eduardo Enrique Riuli: 15 años de prisión.
- Víctor Hermes Brusa: 14 años de prisión.
- Alberto Cayetano Valdez: 9 años de prisión.
Los acusados fueron considerados responsables de integrar el aparato represivo que actuó en distintos puntos de la provincia y otras jurisdicciones durante los años finales de la dictadura.
Un juicio que expuso la persecución a los trabajadores
A diferencia de otros procesos por crímenes de lesa humanidad, la causa Laguna Paiva II profundizó en la represión dirigida específicamente contra trabajadores organizados, especialmente ferroviarios de Laguna Paiva, una ciudad históricamente vinculada a la actividad gremial.
También fueron investigados los ataques contra obreros del Frigorífico Nelson y otros trabajadores que fueron considerados objetivos por el régimen militar.
Durante el debate oral, la fiscalía y las querellas sostuvieron que existió una estrategia sistemática destinada a desarticular la organización sindical y disciplinar a sectores del movimiento obrero mediante el terror, las detenciones ilegales y las torturas.
El rol del D-2 y los centros clandestinos
Los hechos juzgados ocurrieron entre febrero y junio de 1980 en localidades como Laguna Paiva, Esperanza, Ceres, Santo Tomé e incluso en Lima, provincia de Buenos Aires.
Según la reconstrucción realizada durante el juicio, las víctimas eran secuestradas y trasladadas al centro clandestino de detención que funcionó en el Departamento de Informaciones D-2 de la Policía santafesina o a dependencias de la Guardia de Infantería Reforzada (GIR).
Allí sufrían tormentos físicos y psicológicos antes de ser obligadas a firmar declaraciones obtenidas bajo coerción que luego eran incorporadas a causas judiciales federales.
El caso que conmovió al tribunal
Uno de los episodios más impactantes reconstruidos durante el debate fue el secuestro de Arnaldo Catalino Páez y Juana Tomasa Medina, ocurrido el 15 de febrero de 1980 en una ladrillera de la localidad bonaerense de Lima.
El operativo incluyó también a uno de los hijos de la pareja y se convirtió en uno de los casos emblemáticos de la causa por evidenciar las consecuencias del accionar represivo sobre niños y grupos familiares completos.
Un fallo con valor histórico
Durante los alegatos, el abogado querellante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Federico Pagliero, sostuvo que los hechos debían ser encuadrados como genocidio por haber estado dirigidos contra un sector específico de la sociedad: los trabajadores organizados.
Si bien el tribunal no adoptó esa calificación, la sentencia representa un nuevo avance en los procesos de memoria, verdad y justicia y vuelve a poner en evidencia el rol que tuvieron sectores policiales y judiciales en la estructura represiva desplegada durante la última dictadura en la provincia de Santa Fe.