Tras conocerse la absolución de las imputadas en el denominado caso Maros, las fiscales Gabriela Arri y Rosana Marcolin expresaron su desacuerdo con la decisión judicial y adelantaron que analizarán los fundamentos de la sentencia para determinar si corresponde presentar un recurso de apelación.
“Nos sorprendió totalmente la sentencia. No esperábamos este resultado”, señalaron las funcionarias judiciales en una conferencia de prensa realizada luego de la lectura del fallo.
“Las estafas estaban probadas”
Las fiscales remarcaron que, desde la perspectiva del Ministerio Público de la Acusación, durante el juicio quedaron acreditados todos los elementos necesarios para configurar el delito de estafa.
“Entendíamos que las figuras típicas estaban cumplidas y que todos los elementos de los tipos penales se habían probado”, sostuvo Arri. En ese sentido, explicó que el principal punto de diferencia con el tribunal estuvo relacionado con la valoración del dolo, es decir, la intención de engañar.
Según la teoría de la Fiscalía, las imputadas continuaron recibiendo dinero de las víctimas sabiendo que esos fondos no serían destinados a los fines comprometidos.
“La ley penal es clara en cuanto a que la intención tiene que referirse a darle un destino distinto al dinero. Cuando estaban cobrando, ya sabían que no iban a destinar esa plata a lo que correspondía y la utilizarían para sus propios fines”, argumentó.
Diferencias en la valoración de la prueba
Las representantes del MPA reconocieron que, a lo largo del proceso, la acusación fue ajustándose a partir de las pruebas producidas en el debate oral.
Recordaron que inicialmente existía una cantidad mayor de hechos atribuidos, pero que durante el juicio algunas circunstancias no pudieron acreditarse con la misma fuerza prevista en la investigación preliminar.
Como ejemplo, mencionaron que de las 64 víctimas que declararon, solo 24 identificaron directamente a una de las imputadas, situación que obligó a modificar algunos pedidos de pena.
“Cuando varían las pruebas, nosotros adecuamos el pedido originario a la realidad de lo que surge en el juicio. Entendíamos que nuestro planteo estaba acorde a lo que habíamos probado, pero el tribunal lo interpretó de otra manera”, explicaron.
La falsificación de firmas y la prescripción
Consultadas sobre la acusación vinculada a la falsificación de firmas, las fiscales indicaron que el tribunal consideró que ese delito se encontraba prescripto.
No obstante, aclararon que para la Fiscalía esas maniobras tenían relevancia no solo como posible ilícito autónomo, sino también como parte del mecanismo de engaño utilizado en las operaciones investigadas.
A la espera de los fundamentos
Arri y Marcolin señalaron que aguardarán la publicación de los fundamentos completos del fallo para conocer en detalle las razones por las que el tribunal concluyó que no existía el grado de certeza necesario para dictar una condena.
“Esperaremos los fundamentos para ver cuál es la argumentación por la que el tribunal entiende que no se probó el delito. Luego evaluaremos un eventual recurso”, indicaron.
El mensaje a las víctimas
Respecto de las personas que impulsaron las denuncias y que esperaban una condena, las fiscales destacaron el acompañamiento brindado por el Ministerio Público durante todo el proceso.
“Las víctimas fueron escuchadas y acompañadas por la Fiscalía durante toda esta etapa. El tribunal también se dirigió a ellas para explicar su decisión. Ahora tendremos que esperar los fundamentos para conocer por qué se entendió que no fueron víctimas de un delito penalmente acreditado”, concluyeron.