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Desde los 14 años y con penas de hasta 15 años, las claves del nuevo Régimen Penal Juvenil

La abogada penalista Mariana Oroño explicó los principales alcances del sistema que entró en vigencia el sábado 5 de septiembre. Las sanciones dependerán de la gravedad del delito, se priorizarán alternativas al encierro en determinados casos y la pena máxima para menores será de 15 años de prisión.

07 de septiembre de 2026


El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir este sábado 5 de septiembre en todo el país e introdujo importantes modificaciones en la manera de abordar los delitos cometidos por adolescentes.

Uno de los principales cambios es la incorporación de los adolescentes de 14 y 15 años al régimen de punibilidad, aunque la respuesta judicial dependerá de la gravedad del delito cometido.

En diálogo con el medio, la abogada penalista Mariana Oroño explicó que la normativa establece un sistema especial para juzgar y sancionar a las personas menores de 18 años y diferencia las respuestas según las escalas penales previstas para cada delito.

Qué pasa con los delitos que tienen penas de hasta tres años

Oroño explicó que uno de los grandes supuestos contemplados por la nueva normativa corresponde a los delitos cuya pena es de tres años o menos.

En esos casos, no corresponde aplicar una pena privativa de la libertad y deberán utilizarse otras alternativas.

Entre las posibilidades mencionó la prohibición de salir del país, reparación a la víctima, realización de tareas comunitarias o una amonestación judicial, entre otras medidas.

Esta última consiste en un llamado de atención formal realizado por el juez al adolescente.

Qué ocurre con los delitos que tienen penas de entre tres y diez años

La ley establece otra categoría para los delitos considerados de gravedad intermedia, con escalas penales de entre tres y diez años.

Según detalló la especialista, también existe la posibilidad de aplicar una sanción que no implique privación de la libertad, pero para ello deben cumplirse determinadas condiciones.

Entre los requisitos, el hecho no debe haber provocado la muerte de la víctima ni lesiones físicas o psicológicas graves, debe existir consentimiento del fiscal y el adolescente no debe registrar antecedentes penales.

Si esas condiciones no se cumplen, puede disponerse una medida privativa de la libertad.

Para los delitos más graves puede haber prisión efectiva

En los casos de mayor gravedad, el nuevo régimen contempla la posibilidad de imponer penas de prisión efectiva a adolescentes.

Sin embargo, Oroño aclaró que la privación de la libertad no necesariamente implica el alojamiento bajo un único modelo de encierro.

La normativa contempla distintas modalidades, que pueden incluir permanencia domiciliaria, alojamiento en instituciones de régimen abierto o establecimientos especializados, dependiendo de cada situación.

Además, existe un límite central para las condenas.

Tenemos un techo en la escala penal máxima por la que se puede sancionar a menores de edad, que es de 15 años”, explicó Oroño.

De esta manera, no está prevista la prisión perpetua para personas menores de edad.

Qué pasa con los delitos cometidos antes del 5 de septiembre

Otro de los interrogantes que genera la entrada en vigencia del nuevo régimen tiene que ver con los hechos cometidos antes de su implementación.

La abogada explicó que debe analizarse qué legislación correspondía aplicar al momento en que ocurrió el delito, más allá de cuándo haya sido detenido posteriormente el sospechoso.

Por lo tanto, la entrada en vigencia del régimen no significa que automáticamente todos los hechos anteriores al sábado 5 de septiembre pasen a ser juzgados bajo las nuevas disposiciones.

Cómo está preparada Santa Fe para aplicar el nuevo sistema

Respecto de la situación provincial, Oroño señaló que Santa Fe ya cuenta con herramientas e instituciones específicas para abordar causas que involucran a menores de edad.

Entre ellas mencionó espacios de alojamiento exclusivos para adolescentes, separados de la población adulta, además de instituciones que funcionan bajo modalidades de régimen abierto.

También destacó que la provincia ya cuenta con un procedimiento penal juvenil de carácter acusatorio, en consonancia con el sistema procesal que funciona para los adultos.

Con la entrada en vigencia del nuevo régimen nacional, el desafío estará ahora en cómo se implementarán las diferentes alternativas previstas por la ley y qué impacto tendrá la incorporación de adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal.