Durante una reunión convocada de urgencia en el primer piso de la Casa Rosada, Alberto Fernández, Santiago Cafiero y Vilma Ibarra analizaron las medidas coercitivas que dispondrá el Gobierno para evitar que la violación de la cuarentena multiplique los casos de coronavirus en la Argentina.
En este contexto, Alberto Fernández, Ibarra y Cafiero estudiaron a través de qué instrumento legal pueden imponer sanciones a la acción de violar deliberadamente una cuarentena fijada para proteger la salud pública de un virus que explotó en China y ahora es una pandemia global. Para este caso específico, violación dolosa o culposa de la cuarentena, no hay norma penal positiva.
En dialogo con Veo Noticias, el abogado penalista Néstor Oroño, expresó que si bien existe una ley impone penas a quien ponga en riesgo la salud pública, no se contempla la violación a la cuarentena. Por otra parte, Oroño explicó que aunque el Presidente tiene la potestad de firmar Decretos de Necesidad y Urgencia, los mismos están exentos de inmiscuirse en la materia penal por lo que debería enviar un mensaje al Congreso para que sea debatido por los legisladores.