Durante el mes de junio, corresponde que los trabajadores de empresas privadas y del sector público reciban el primer pago del sueldo anual complementario (SAC), conocido como aguinaldo.
Este pago, según lo dispuesto por la Ley 27.073, debe ser abonado en dos cuotas: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. Por lo tanto, el primer pago del aguinaldo se cobrará antes del último día de este mes, que este año cae domingo.
El importe que las empresas y el Estado deben abonar este mes se calcula sobre la mitad (el cincuenta por ciento) de la mayor remuneración mensual y por todo concepto —incluyendo sueldo básico, horas extras y otros plus que se hayan cobrado— dentro del semestre que termina en junio.
Para los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el SAC se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en cada semestre. Para estimar el cálculo se puede tomar la mitad del mejor sueldo dividido por 6 y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados. O también multiplicar el tiempo trabajado en el semestre por la mitad de la mayor remuneración mensual y dividir el resultado por seis.
En el caso del personal de casas particulares, los empleadores deben abonar el SAC cuando finalizan los semestres de junio y diciembre y también se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre. Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados. Por ejemplo, si se trabajó solo cuatro de los últimos seis meses, corresponderá como SAC el 66,67% (cuatro meses sobre seis) del 50% del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.
Fuente Infobae


