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Condenan a dos hermanos por el homicidio de un hombre que iba a comprar cigarrillos en La Guardia

La Cámara de Apelaciones revocó una absolución dictada en 2025 y condenó a Daniel Omar y Maximiliano Jesús Bello a 14 años de prisión. La víctima, Luis Guillermo Combín, murió al quedar en medio de un tiroteo ocurrido durante los festejos de Año Nuevo de 2020.

14 de junio de 2026


La Cámara de Apelaciones de Santa Fe revocó una sentencia absolutoria y condenó a 14 años de prisión a los hermanos Daniel Omar y Maximiliano Jesús Bello por el homicidio de Luis Guillermo Combín, ocurrido el 1 de enero de 2020 en el distrito costero de La Guardia.

La decisión fue adoptada por los camaristas Alejandro Tizón, Martha Feijoó y Jorge Andrés, quienes hicieron lugar a un recurso presentado por el fiscal de Homicidios del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Estanislao Giavedoni.

Los dos acusados habían sido absueltos en junio de 2025 durante un juicio oral. En aquella oportunidad, el tribunal integrado por los jueces Lisandro Aguirre, Pablo Ruiz Staiger y José Luis García Troiano consideró que existían dudas suficientes para no atribuirles responsabilidad penal en el hecho.

Un crimen durante los festejos de Año Nuevo

El homicidio ocurrió alrededor de la 1.30 de la madrugada del 1 de enero de 2020, en inmediaciones de las calles Padre Mario Mendoza y Hermana Serafina, en La Guardia.

Según la investigación judicial, los hermanos Bello protagonizaron un enfrentamiento armado con otro hombre que había llegado al lugar en automóvil y que también efectuó disparos. El intercambio de tiros se produjo en plena vía pública mientras numerosos vecinos celebraban la llegada del Año Nuevo.

En ese contexto, Luis Guillermo Combín caminaba por la zona con destino a un kiosco para comprar cigarrillos cuando quedó atrapado en la línea de fuego.

La víctima recibió dos impactos de bala. Uno de los proyectiles ingresó por la clavícula derecha y le provocó lesiones mortales en ambos pulmones y en la aorta. El otro impacto fue en el cuello.

La apelación que cambió el fallo

Tras la absolución dictada en primera instancia, la Fiscalía apeló la resolución al considerar que la valoración de las pruebas había sido incorrecta.

Durante la audiencia de revisión, Giavedoni sostuvo que existían elementos objetivos suficientes para determinar la procedencia de los disparos que causaron la muerte de Combín. Entre las pruebas valoradas se incluyeron pericias balísticas, estudios mecánicos y testimonios incorporados al debate.

Al analizar el caso, el camarista Alejandro Tizón concluyó que la autoría del homicidio estaba plenamente acreditada y que ambos acusados debían responder como coautores del delito.

En su voto, al que adhirieron los otros integrantes del tribunal, sostuvo que los hermanos actuaron de manera conjunta al efectuar múltiples disparos con pleno dominio de la situación y con indiferencia respecto de las consecuencias que podían generar en las personas que se encontraban en el lugar.

Detenciones

La investigación permitió detener a Daniel Omar Bello en 2022 durante un allanamiento realizado en la vivienda de su madre. Horas después, Maximiliano Jesús Bello se presentó voluntariamente en una dependencia policial.

Con la resolución de la Cámara, ambos quedaron condenados como coautores de homicidio calificado por el empleo de arma de fuego, en un fallo que revierte la absolución dictada en el juicio oral y pone fin a una de las causas más resonantes ocurridas en la costa santafesina durante los festejos de Año Nuevo de 2020.