Seis personas fueron condenadas por unanimidad a penas de entre 30 y 12 años de prisión por delitos contra la integridad sexual cometidos en Recreo y en Santa Fe en perjuicio de tres menores de edad y de una joven que padece un retraso madurativo mental moderado. Así fue resuelto en el marco de un juicio oral por el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Sergio Carraro (presidente), Rosana Carrara y Héctor Gabriel Candioti.
Los condenados son una mujer trans y cinco hombres. Se trata de Ayelén Candela Galier; CAF; Virgilio Rubén Galier; Roque Francisco Vega; Sergio Omar Bertineti; y Raúl Edgardo Rivas.
Además de las condenas impuestas a los seis acusados, el tribunal también resolvió por unanimidad disponer la inmediata detención de CAF y de Rivas.
Condenas
Ayelén Galier (de 51 años) fue condenada a 30 años de prisión por ser coautora penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en forma reiterada y agravado (por el empleo de armas y por haber sido cometidos por dos o más personas), en concurso real con el delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de los menores y por haber sido cometido mediante intimidación).
Por su parte, CAF (de 47 años) fue condenado a 17 años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por el vínculo) en perjuicio de su propia hija.
A Virgilio Galier (de 40 años) y a Vega (de 33 años) se les impusieron penas de 15 años de prisión para cada uno por ser coautores de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en forma reiterada y agravados (por el empleo de armas y por haber sido cometidos por dos o más personas) en concurso real con el delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de los menores y por haber sido cometido mediante intimidación) En tanto, a Bertinetti (de 52 años) se lo condenó por los mismos delitos pero a una pena de 14 años de prisión.
Por último, Rivas (de 40 años) fue condenado a 12 años de prisión como coautor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por haber sido cometido por dos o más personas) en concurso real con promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de los menores y por haber sido cometido mediante intimidación.
Todos condenados
Luego de conocer la sentencia, la fiscal Del Río Ayala dijo estar conforme con las condenas de los magistrados y remarcó que “fueron resueltas por unanimidad para todos los acusados. Además, en todos los casos se mantuvo la calificación legal por la que fueron acusadas las seis personas”. No obstante, aclaró que “aguardaremos los fundamentos de los jueces para analizar los motivos por los cuales se resolvieron penas de menor monto del solicitado”.
Del Río Ayala explicó que “la pena de 30 años impuesta a Galier es la misma que habíamos solicitado en la acusación. Sin embargo, en los alegatos de clausura modificamos nuestro pedido y solicitamos 41 años”. En tal sentido, la fiscal insistió en la “necesidad de analizar los fundamentos de los magistrados”.
También reconoció que “fue un juicio largo y difícil porque hubo que probar muchas situaciones y porque tenía seis acusados y cuatro víctimas, tres de las cuales son menores de edad”.
Por último, se refirió a la absolución para Rivas en relación a una de las agravantes. “No es que se lo absolvió de la autoría del delito, sino que los magistrados entendieron que el delito se consumó pero sin el empleo de armas”, explicó.
Los hechos
"La mayoría de los ilícitos fueron cometidos entre septiembre de 2016 y marzo de 2017 en la ciudad de Recreo. Los tres menores de edad y la joven con retraso mental concurrían con frecuencia a la vivienda de Ayelén Galier a realizar tareas domésticas a cambio de dinero, zapatillas y otros objetos de valor", explicaron Del Río Ayala y Parodi. En tal sentido, sostuvieron que “durante más de un año, Virgilio Galier, Rivas, Bertinetti y Vega concurrieron a esa casa para someter a las víctimas a todo tipo de abusos sexuales. Incluso, en algunas ocasiones lo hicieron con armas de fuego con las que amenazaron a las víctimas, lo cual les provocó un daño psíquico de gran magnitud".
En relación al sexto acusado cuyas iniciales son CAF, las fiscales sostuvieron que "se trata de una investigación paralela que se acumuló. Los abusos a su propia hija fueron cometidos entre mayo de 2016 y marzo de 2017, tanto en el domicilio de la víctima en la ciudad de Recreo como en una vivienda ubicada en la ciudad de Santa Fe, donde vivía el acusado y al cual la joven concurría con frecuencia a visitarlo".
Reserva de identidad
La fiscal Del Río Ayala aclaró que “se preserva la identidad del condenado cuyas iniciales son CAF a raíz de que la víctima es su propia hija. Por lo tanto, llevan el mismo apellido”. En tal sentido, la funcionaria del MPA explicó que “la decisión de no dar a conocer su nombre es para evitar revictimizar a la víctima”.