El decreto provincial 006 de este 9 de enero de 2021 adhiere a las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional (decreto N° 4/21).
A partir del lunes 11, "queda restringida, en todo el territorio provincial, la circulación vehicular en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades habilitadas en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio".
La resolución detalla que eso será "de lunes a viernes inclusive: entre la 0.30 y las 6". Mientras que "sábados, domingos y feriados entre la 1.30 y las 6". Se trata de un rango menor al fijado por Nación, que recomendaba desde las 23 y hasta las 6, según la situación epidemiológica.
Tanto el movimiento de vehículos como la actividad de locales gastronómicos deberá cesar de 0.30 a 6, de lunes a viernes, y de 1.30 a 6, los sábados, domingos y feriados.
"Las actividades habilitadas deberán ajustar sus horarios de funcionamiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, excepto que se trate de aquéllas definidas como esenciales en la emergencia por las normas nacionales o provinciales que rigen sobre el particular", aclara del decreto.
Los mismos límites horarios rigen para la apertura de locales gastronómicos los siguientes: hasta las 0.30 los días de semana y hasta la 1.30 los fines de semana y feriados.
Eso comprende a: bares, restaurantes, heladerías, y otros, con y sin concurrencia de comensales, induyendo las actividades de envíos a domicilio; y los salones de eventos, de fiestas y similares, habilitados como bares o restaurantes por las autoridades municipales y comunales.
Fuente: Rosario 3