La AFIP puso en vigencia este miércoles el procedimiento de la Ley de Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, anunció hoy el ministro de Economía, Sergio Massa.
Se trata de una "herramienta que brinda orden para que el ahorro de miles de argentinos se transforme en trabajo y desarrollo", destacó el jefe del Palacio de Hacienda en su cuenta de Twitter. La decisión se formalizó por medio de la Resolución General 5253/2022, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La Ley extiende por un año el régimen de blanqueo para la construcción con el objetivo de promover el desarrollo o inversión en los proyectos inmobiliarios realizados en el territorio nacional. Así, se habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera hasta el 17 de agosto de 2023 para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios.
El objetivo oficial es, según Massa, que al cabo de los próximos doce meses se llegue a 450.000 trabajadores registrados (20.000 más que en la actualidad) y más de 1,5 millón de metros cuadrados construidos.
La norma incluye un programa, denominado "Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina", a través del cual se instituyó un régimen de normalización de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en ese sector.
Según lo dispuesto, la adhesión al sistema voluntario de declaración de tenencia de moneda nacional y extranjera "implicará para el contribuyente la renuncia a cualquier procedimiento judicial o administrativo tendiente a reclamar con fines impositivos, la aplicación de procedimientos de actualización de cualquier naturaleza".
En los casos de deudas en curso de discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, los sujetos deberán -con carácter previo a la adhesión- manifestar la voluntad de allanarse, desistir y renunciar a toda acción y derecho allí invocados, mediante declaración jurada, aclaró el texto oficial.
En tanto, la AFIP señaló que "gozarán de los beneficios impositivos del régimen los inversores de las obras registradas y los sujetos que vendan un inmueble de su propiedad para el desarrollo de proyectos inmobiliarios".
El organismo explicó que los fondos que se declaren deberán afectarse, únicamente, al desarrollo o la inversión de proyectos inmobiliarios en el país que se lleven a cabo con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.
Esos fondos deberán depositarse en una Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina y podrán ser aplicados, transitoriamente, a la compra de títulos públicos nacionales. Luego se deberán afectar al desarrollo o la inversión en proyectos inmobiliarios en el país. Sobre el valor de la tenencia declarada se establecerá un impuesto especial, cuya alícuota variará de acuerdo al momento en que se acrediten los fondos en la cuenta especial.
A su vez, sobre el monto declarado quedarán eximidos de los siguientes impuestos: Ganancias, incluidas salidas no documentadas; Transferencia de Inmuebles; Créditos y débitos en cuentas bancarias; IVA; Bienes Personales; Contribución especial sobre el capital de las cooperativas, de acuerdo con la ley.
Fuente: NA