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La Corte Suprema de Santa Fe declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones y avaló los aportes solidarios

El máximo tribunal provincial se pronunció sobre dos puntos centrales de la reforma previsional. Con votaciones divididas, declaró inconstitucional el límite a los haberes jubilatorios, pero validó los aportes solidarios establecidos por la ley de emergencia previsional.

03 de agosto de 2026


La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe emitió este lunes dos fallos de alto impacto sobre la reforma previsional provincial. Por un lado, declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones incorporado a la Ley 6915, mientras que por otro avaló la constitucionalidad de los aportes solidarios previstos en la Ley N.º 14.283 de Emergencia Previsional.

En ambos casos, las decisiones se adoptaron por una ajustada mayoría de 4 votos contra 3, con un rol determinante del ministro Roberto Falistocco, cuyo voto terminó inclinando la balanza en sentidos diferentes según el tema analizado.

La Corte rechazó el tope a las jubilaciones

Uno de los fallos corresponde al caso “Ramón”, en el que un jubilado había presentado una acción de amparo contra el límite impuesto a los haberes previsionales por la reciente reforma del sistema jubilatorio santafesino.

La Corte resolvió declarar inconstitucional esa disposición, al considerar que vulnera derechos previsionales adquiridos. De esta manera, dejó sin efecto el tope establecido por la normativa para el caso analizado.

Aval a los aportes solidarios

En otro pronunciamiento, vinculado al caso “Lisi”, una docente jubilada que cuestionó distintos aspectos de la emergencia previsional, el tribunal validó la constitucionalidad de los aportes solidarios aplicados a jubilados y pensionados.

No obstante, la Corte otorgó un plazo de 30 días para que los amparistas adecuen su planteo ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo, a fin de continuar con el trámite judicial correspondiente.

Fallos clave a semanas del vencimiento de la emergencia previsional

Las resoluciones se conocieron pocos días después de que comenzara la cuenta regresiva para el vencimiento de la Ley de Emergencia Previsional, cuya vigencia finalizará el próximo 13 de septiembre.

Los fallos representan un antecedente de gran relevancia para el sistema previsional santafesino y podrían tener impacto sobre otros reclamos similares que actualmente se encuentran en trámite.

De todos modos, las decisiones de la Corte provincial no cierran definitivamente la discusión judicial. Tanto los demandantes como el Estado provincial conservan la posibilidad de recurrir a la Justicia federal para intentar revertir o ratificar los alcances de los pronunciamientos conocidos este lunes.