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La jueza Servini declaró rebelde a Rodríguez Simón y pide su captura nacional e internacional

La jueza federal dispuso también la inhibición general de bienes y el congelamiento de todos los productos bancarios del diputado del Parlasur. Es en el marco de la causa en la que se investigan las presiones del Gobierno de Mauricio Macri contra el Grupo Indalo.

19 de mayo de 2021


La jueza federal María Romilda Servini declaró en rebeldía al diputado del Parlasur Fabian "Pepín" Rodríguez Simón (Cambiemos), ordenó su captura nacional e internacional, dispuso su inhibición general de bienes y el congelamiento de todos sus productos bancarios, indicaron fuentes judiciales.

La magistrada lo dispuso en el marco de la causa en la que se investigan las presiones del Gobierno de Mauricio Macri contra el Grupo Indalo, luego de que el propio Rodríguez Simón anunciara a través de los medios que se encuentra en Uruguay (desde el 8 de diciembre) y que no volverá al país para prestar declaración indagatoria; algo que ratificó su abogado defensor en un escrito que presentó en sede judicial.

Para Servini, "es absolutamente improcedente y parecería ser un atajo para obstruir el curso de la investigación" el pedido de asilo político de Rodríguez Simón a Uruguay.

Además, en la resolución a la que tuvo acceso Télam, la jueza remarcó que el exfuncionario de Cambiemos "recientemente dio sobradas muestras públicas de su intención de sustraerse de la justicia, lo cual fue ratificado por su letrado defensor el día 18 de mayo de 2021, a través de la presentación que anteriormente se referenciara”.

Los argumentos de la jueza

A lo largo de las 18 páginas del texto judicial, Servini planteó que el dirigente macrista tuvo pleno conocimiento de la existencia del expediente desde mediados de 2019 y se pudo defender en ese terreno con todas las garantías de la ley, por lo que resulta de imposible comprensión el planteo referido a su supuesto temor de ser detenido en forma indebida, como él manifestó públicamente.

“Fabián Rodríguez Simón tiene herramientas procesales en el país (de diverso tipo) para articular estos planteos dentro del ámbito del proceso penal, es decir, del Poder Judicial de la Nación, poder autónomo del poder político respecto del que presenta o plantea sus sospechas (Art. 1 de la Constitución Nacional)”, remarcó la magistrada.

"Debo hacer notar que en este caso no resulta parte ningún miembro del Poder Ejecutivo Nacional. Así, entiendo que están dadas las condiciones para decretar su rebeldía y ordenar su inmediata captura nacional e internacional; eventual y oportunamente se solicitará la correspondiente cooperación judicial internacional (Tratado de Extradición entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay – Ley n° 25.304)", continuó.

En ese contexto, la jueza Servini advirtió que “se librará además exhorto internacional a las autoridades que correspondan de la República Oriental del Uruguay a efectos de solicitarles que, de manera muy urgente, arbitren los medios para que se proceda a la localización de Fabián Jorge Rodríguez Simón (DNI N° 12.728.408), y se prohíba su salida de ese país”.

Este expediente se encuentra en trámite desde marzo de 2019 y “Rodríguez Simón tenía pleno conocimiento de su existencia al menos desde julio o agosto de ese mismo año”, recordó la jueza.

Servini insistió con que Rodríguez Simón fue notificado con antelación suficiente de la fijación de su declaración indagatoria.

“Es más, recientemente solicitó medidas de prueba que iban a ser complementarias a su descargo, con lo cual la situación en que se encuentra no es nueva para él. Sumado a ello, los delitos que aquí se investigan de ningún modo pueden ser considerados delitos políticos, y su condición de funcionario público – aún no determinada fehacientemente – no puede ser entendida como suficiente para estos fines”, señaló la magistrada.

En base a esos argumentos, la jueza sostuvo que el planteo de Rodríguez Simón, que busca ser acogido como refugiado en Uruguay "es absolutamente improcedente, y parecería ser un atajo para obstruir el curso de la investigación, en un caso en el que, luego de más de dos años de trámite, no se le ha impuesto ninguna medida cautelar personal ni real que pudiera dar un viso de verosimilitud al temor que el imputado pretende sostener” tras denunciar una persecución política, “es absolutamente improcedente, y parecería ser un atajo para obstruir el curso de la investigación, en un caso en el que, luego de más de dos años de trámite, no se le ha impuesto ninguna medida cautelar personal ni real que pudiera dar un viso de verosimilitud al temor que el imputado pretende sostener”.

En este expediente se investiga “la presunta existencia de actos llevados a cabo por funcionarios públicos, desde las altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional o a instancias de aquellos, que mediante hostigamiento y ahogo financiero para con las empresas del Grupo Indalo, habrían importado casos de corrupción”, según surge de la resolución.

Fuente: Télam