El Concejo Municipal sumó un fuerte debate en torno a la administración de los ingresos del sector público. La concejal Ana Cantiani (La Libertad Avanza) ingresó formalmente un proyecto de ordenanza para crear el Régimen de Libre Elección de Entidad Financiera para el Pago de Haberes de los Agentes Municipales, una propuesta que promete cambiar la dinámica financiera de miles de trabajadores estatales locales.
La iniciativa busca garantizar por ley que todo el personal dependiente del Estado santafesino pueda decidir de manera individual, autónoma y sin restricciones en qué banco abrir su cuenta sueldo, rompiendo con la obligatoriedad de operar con la actual entidad oficial.
Un beneficio para todo el universo municipal
De aprobarse la normativa, el alcance de la libre elección será total. La propuesta de Cantiani abarca a la totalidad de los empleados:
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El personal del Departamento Ejecutivo Municipal y del Concejo Municipal.
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Los trabajadores de la Caja de Jubilaciones y Pensiones locales.
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El personal contratado, cualquiera sea su modalidad de vinculación.
Para garantizar la viabilidad del trámite, la ordenanza estipula un mecanismo administrativo simple. El agente municipal que desee mudar sus haberes solo deberá solicitar el cambio ante su respectiva área de liquidación, la cual tendrá la obligación de implementar la modificación en un plazo máximo de 30 días corridos.
“El sueldo es propiedad del empleado”
En los fundamentos del proyecto, la edila de La Libertad Avanza aclaró que la normativa no colisiona con las obligaciones institucionales vigentes. Explicó que, si bien el contrato actual entre el Municipio y el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. como Agente Financiero obliga a la entidad a prestar el servicio de pago, esto de ninguna manera impone una exclusividad que deba restringir o perjudicar las libertades de los trabajadores.
“La organización del pago de haberes es una competencia municipal en cuanto a la gestión del proceso, pero no es una potestad para determinar en qué banco debe el trabajador percibir su salario. El sueldo es propiedad del empleado”, sentenció Cantiani.
La concejal argumentó que el derecho a elegir la entidad financiera no surge de la relación de empleo público local, sino de la normativa federal bancaria y de los derechos del usuario financiero. En este sentido, remarcó que las disposiciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA) prevalecen sobre cualquier contrato o disposición local, amparándose en el principio de supremacía federal que dicta el artículo 31 de la Constitución Nacional.
Costo cero, permanencia y freno a la burocracia
La letra chica de la ordenanza establece resguardos clave para evitar que el trabajador sufra represalias o complicaciones económicas. Bajo este marco regulatorio, el cambio de banco no podrá generar ningún costo adicional, descuento ni demoras en la percepción de los salarios. Si surgiera algún tipo de gasto operativo por la transferencia de fondos, este deberá ser absorbido íntegramente por el Estado municipal.
Asimismo, y en sintonía con los criterios de estabilidad del sistema financiero, el proyecto contempla un plazo de permanencia mínima de un año en la entidad bancaria elegida antes de que el empleado pueda solicitar una nueva modificación.
Por otra parte, el texto prohíbe explícitamente condicionar el pago de suplementos, adicionales o plus salariales a la elección de un banco determinado, como así también desalienta la creación de trabas burocráticas que entorpezcan el trámite. De aprobarse en el recinto, el Ejecutivo local tendrá un plazo de 90 días para reglamentar el procedimiento operativo y adecuar los sistemas informáticos de liquidación.
“Proponemos modernizar la gestión local y devolverle la libertad a cada agente municipal de administrar sus ingresos donde más le convenga por comodidad, servicios o promociones”, concluyó Cantiani.


