En Vivo

Etiquetas correo argentino Socma

Rechazan un planteo de Socma en la causa por la quiebra de Correo Argentino S.A.

Mediante un recurso de queja, la empresa de la familia del ex presidente Macri pretendía que el Tribunal Superior porteño revisara las recusaciones contra la jueza Marta Cirulli y la fiscal Gabriela Boquín. Pero fue rechazada por el procurador interino.

26 de agosto de 2021


El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dictaminó que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) no está habilitado para revisar las decisiones de la Cámara en lo Comercial sobre la quiebra de la empresa Correo Argentino S.A., propiedad de la familia del ex presidente Mauricio Macri.

Mediante dos dictámenes, Casal se pronunció de esa manera ante los planteos de Socma, la empresa controlante de Correo Argentino S.A., en sendas recusaciones contra la jueza Marta Cirulli y la fiscal Gabriela Boquín.

La Cámara en lo Comercial había rechazado ambas recusaciones, y ante ese escenario Socma apeló la medida pero no ante la Corte Suprema –lo que es habitual en este tipo de expedientes- sino ante el tribunal superior porteño.

El TSJ intervino mediante un recurso directo presentado por Socma, salteando a la instancia de la Cámara en lo Comercial: dejó sin efecto el rechazo a las recusaciones y ordenó un nuevo fallo.

Pero la Cámara en lo Comercial le desconoció la autoridad para ello y envió el expediente a la Corte.

Como paso previo a un fallo del máximo tribunal nacional, Casal dictaminó que “se discute la competencia del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para revisar una sentencia dictada por la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, en un proceso judicial en el que no se controvierte la competencia de este último tribunal”.

Al momento de pronunciarse, citó un dictamen anterior, en una causa en la que los familiares del artista plástico León Ferrari le reclaman una suma de dinero al periodista Gabriel Levinas por la venta de obras de arte.

“No existe base legal para atribuir al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la potestad de revisar una sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones con asiento en esta ciudad”, sostuvo entonces Casal, y lo ratificó ahora.

“Opino que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene competencia para revisar la sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial”, subrayó Casal.

Fuente: NA