En las últimas horas, y como corolario de una larga investigación iniciada en el mes de agosto de 2020, durante un allanamiento realizado en una vivienda de calle Alvear al 1400 de la ciudad de San Javier, aprehendieron a un hombre de 25 años, identificado como G. A., ya que pesa la sospecha de su responsabilidad criminal en el delito de Grooming. La pormenorizada requisa en cada uno de los ambientes que componen el inmueble, permitieron el secuestro de elementos probatorios incriminantes relacionados con este particular tipo de delito. El Grooming es un delito donde un adulto abusa sexualmente de una niña o niño mediante el uso de las TIC tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Investigación y aprehensión
A partir del mes de agosto de 2020, hace ya 15 meses, se inició una sigilosa investigación que tenía como supuesta víctima del delito de Grooming a una joven que además es menor, y que sufría acoso mediante el uso de una red social. La fiscalía del Ministerio Público de la Acusación con sede en la ciudad de San Javier, convocó a pesquisas de la Agencia de Investigación Criminal con la finalidad de investigar el caso, además de la colección de pruebas sobre la actividad desplegada por el presunto autor. Un celular secuestrado y la articulación de material -ahora considerado probatorio- encaminaron el caso hasta que el juez García Troiano, ordenó el allanamiento el allanamiento a la vivienda del principal investigado, ubicada sobre calle Alvear al 1400 de la ciudad de la costa santafesina, donde aprehendieron a G. A. de 25 años, y con la requisa pormenorizada dentro del inmueble secuestraron nuevos elementos probatorios incriminantes.
Delito imputado
Informaron la novedad sobre el resultado del allanamiento, la aprehensión del hombre investigado y el secuestro de pruebas a la Jefatura de la Agencia de Investigación Criminal AIC, y éstos hicieron lo propio con el fiscal de San Javier, Francisco Cecchini, que ordenó que el aprehendido siguiera privado de la libertad, que sea identificado y que se le forme causa como presunto autor del delito de Grooming, previsto es un delito penado por la ley n° 26.904 e incluido en el Código Penal. La penalización incluye prisión de 6 meses a 4 años a quien por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, o cualquier tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.
Que es el Grooming
Se denomina grooming a la situación en que un adulto acosa sexualmente a un niño o niña mediante el uso de las TIC.
Los perpetradores de este delito suelen generar un perfil falso en una red social, sala de chat, foro, videojuego u otro, en donde se hacen pasar por un chico o una chica y entablan una relación de amistad y confianza con el niño o niña que quieren acosar.
El mecanismo del grooming consta de varias fases o etapas. Suele comenzar con un pedido de foto o video de índole sexual o erótica (pedido por el adulto, utilizando el perfil falso). Cuando consigue ese material, quien lo pide puede o bien desaparecer o bien chantajear a la víctima con hacer público esa información si no entrega nuevos videos o fotos o si no accede a un encuentro personal.
Como se dijo anteriormente, las TIC son herramientas que brindan nuevos escenarios a para problemáticas previamente existentes. Es decir, el abuso o acoso sexual a chicos y la pedofilia no surgen con internet y las redes sociales, ya que estas son problemáticas que anteceden la existencia de estos espacios. Lo que sí sucede es que se constituyen en instrumentos capaces de potenciar los distintos tipos de abuso.
En Argentina, el grooming es un delito penado por la ley n° 26.904 e incluido en el Código Penal. La penalización incluye prisión de 6 meses a 4 años a quien por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, o cualquier tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.