
Un hombre fue aprehendido en las últimas horas en la ciudad de Santa Fe durante un allanamiento realizado por investigadores de la Agencia de Investigación sobre Trata de Personas y Violencia de Género de la Policía de Investigaciones (PDI), en el marco de una causa por presunta infracción al artículo 128 del Código Penal Argentino, que sanciona la producción, distribución y tenencia de material de abuso sexual infantil.
El procedimiento se llevó a cabo en una vivienda ubicada sobre calle Saavedra al 2000, donde los efectivos detuvieron al principal investigado, identificado por sus iniciales I. H. J. R., y secuestraron diversos dispositivos electrónicos que serán analizados por peritos informáticos.
Elementos secuestrados
Durante el allanamiento, los investigadores incautaron cinco teléfonos celulares, una computadora portátil, un pendrive, una tarjeta microSD y otros elementos informáticos considerados de interés para la investigación.
Los dispositivos serán sometidos a pericias forenses para determinar su contenido y establecer si guardan relación con el delito que se investiga.
Investigación
Tras el procedimiento, la novedad fue comunicada a la Jefatura de la Policía de Investigaciones y a la fiscal Natalia Giordano, del Ministerio Público de la Acusación (MPA), quien ordenó que el hombre permanezca detenido a disposición de la Justicia.
Además, la fiscal dispuso la realización de pericias forenses sobre los dispositivos secuestrados para determinar el alcance de la presunta actividad delictiva y avanzar con la formación de causa por una posible infracción al artículo 128 del Código Penal.

Qué establece el artículo 128 del Código Penal
El artículo 128 del Código Penal Argentino reprime con penas de prisión a quienes produzcan, financien, ofrezcan, comercialicen, publiquen, distribuyan o faciliten, por cualquier medio, representaciones de personas menores de 18 años en actividades sexuales explícitas o imágenes de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales.
La norma también sanciona la tenencia de material de abuso sexual infantil, estableciendo penas de entre cuatro meses y un año de prisión para quien posea ese tipo de archivos a sabiendas, y de seis meses a dos años cuando la tenencia tenga fines de distribución o comercialización. Asimismo, prevé agravantes cuando las víctimas son menores de 13 años.

