Un hombre de 37 años, identificado como Miguel Ángel Jaime, fue condenado a 15 años de prisión efectiva tras ser hallado culpable de haber abusado sexualmente en reiteradas oportunidades de la nieta de su pareja. La resolución fue dictada por el juez Gonzalo Basualdo en el marco de un juicio oral que concluyó este viernes en los tribunales de la ciudad de Reconquista, cabecera del departamento General Obligado.
La investigación penal fue llevada adelante por la actual Fiscal Regional 4, Georgina Díaz, mientras que la representación del Ministerio Público de la Acusación durante el debate oral estuvo a cargo del fiscal Norberto Ríos. Luego de ser notificado del fallo, el fiscal Ríos expresó la conformidad institucional con la decisión del tribunal al señalar que desde la fiscalía valoraron que se haya considerado acreditada la acusación formulada, al tiempo que anticipó que esperarán la lectura de los fundamentos para evaluar los pasos procesales a seguir.
Los hechos juzgados ocurrieron entre julio y septiembre de 2024 en una vivienda donde convivían el agresor, su pareja y la víctima, quien en ese momento cursaba la educación primaria. Según quedó acreditado en la causa, Jaime aprovechaba los momentos en los que quedaba a cargo del cuidado de la menor en ausencia de otros adultos para concretar las agresiones y procurar su impunidad, sumado a que amedrentaba a la niña con amenazas para evitar que relatara lo sucedido. El representante del MPA remarcó que el contexto intrafamiliar y la gravedad de las agresiones interfirieron de manera directa en el libre desarrollo de la víctima.
El caso salió a la luz gracias a la denuncia radicada por la propia abuela de la niña y pareja del acusado. A partir de esa presentación, las autoridades concretaron la inmediata detención de Jaime, a quien posteriormente se le dictó la prisión preventiva. De este modo, el imputado atravesó la totalidad del proceso judicial privado de su libertad, condición en la que continuará hasta que el fallo adquiera firmeza.
Finalmente, el tribunal consideró a Jaime autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante. Ambos ilícitos contaron con las agravantes de haber sido cometidos contra una persona menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente y la condición de guardador que ejercía sobre la víctima.