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Inocencia Fiscal II: una especialista sostiene que el proyecto busca ampliar el acceso al régimen simplificado de Ganancias

La contadora y docente de la UNL Daniela Veglia explicó que la iniciativa elimina los topes de facturación y patrimonio para adherir al sistema, aunque advirtió que mantiene controles fiscales y antilavado.

26 de julio de 2026


El proyecto de Inocencia Fiscal II, impulsado por el Gobierno nacional, comenzó a debatirse en el Congreso con el objetivo de ampliar el universo de contribuyentes que podrán acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias. Para la contadora pública y profesora titular de Régimen Tributario de las Organizaciones de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Litoral (UNL), Daniela Veglia, la principal novedad es la eliminación de las restricciones que hoy limitan el ingreso al sistema.

En diálogo con Veo Noticias, la especialista explicó que la ley vigente, sancionada en diciembre pasado, creó una declaración jurada simplificada de Ganancias en la que los contribuyentes ya no deben informar su patrimonio. Según indicó, la medida apunta a facilitar la incorporación al sistema formal de fondos mantenidos fuera del circuito bancario, conocidos popularmente como los “dólares del colchón”.

Qué cambia con Inocencia Fiscal II

Veglia señaló que la principal modificación propuesta consiste en eliminar los topes de facturación y patrimonio que actualmente condicionan el acceso al régimen.

“Con la ley vigente solo pueden adherir quienes en los años 2022, 2023 y 2024 hayan tenido ingresos de hasta 1.000 millones de pesos o un patrimonio inferior a 10.000 millones de pesos. Además, estaban excluidos los grandes contribuyentes nacionales”, explicó.

De aprobarse el proyecto, esas limitaciones desaparecerían, permitiendo que cualquier persona humana o sucesión indivisa pueda optar por el régimen simplificado. La iniciativa, aclaró, no alcanza a las empresas.

Para la docente de la UNL, la eliminación de esas barreras probablemente incentive nuevas adhesiones. “Muchos contribuyentes que hoy están excluidos estaban esperando esta modificación para incorporarse”, afirmó.

Una prórroga para adherirse

La especialista recordó que la presentación de la declaración jurada fue prorrogada hasta el 27 de agosto, aunque aclaró que el vencimiento para el pago del impuesto no se modificó.

En ese sentido, explicó que el próximo lunes continúa vigente la fecha límite para cumplir con el pago correspondiente, independientemente de que el contribuyente adhiera o no al régimen simplificado.

No solo para declarar dólares

Aunque el programa suele asociarse con la posibilidad de utilizar ahorros no bancarizados, Veglia remarcó que el régimen ofrece otros beneficios administrativos y tributarios.

“La declaración jurada está precargada, la presentación es más sencilla y tiene ventajas tributarias. No significa que quien adhiera necesariamente tenga dólares para declarar”, señaló.

No obstante, precisó que la adhesión sí constituye un requisito para quienes pretendan incorporar esos fondos al sistema financiero.

Según recordó, el ministro de Economía estimó que existen unos 170.000 millones de dólares fuera del circuito bancario, frente a depósitos por alrededor de 40.000 millones. Hasta el momento, agregó, unas 330.000 personas ya se adhirieron al régimen, de acuerdo con datos oficiales.

Diferencias con un blanqueo

Consultada sobre las similitudes con los regímenes de blanqueo de capitales implementados en otras oportunidades, Veglia marcó diferencias importantes.

Explicó que los blanqueos suelen establecerse mediante leyes con plazos específicos y reglas claramente delimitadas, mientras que el régimen de Inocencia Fiscal funciona de manera permanente y exige que la información declarada sea consistente.

Advirtió que, si en una futura fiscalización la AFIP detecta diferencias relevantes entre lo declarado y la situación real del contribuyente, podrían perderse los beneficios del régimen. Sin embargo, destacó que el nuevo proyecto incorpora una mayor flexibilidad.

“Si el contribuyente rectifica su declaración jurada y regulariza la diferencia dentro de los 15 días, no pierde los beneficios. Eso aporta mayor seguridad jurídica”, sostuvo.

Los controles por lavado de dinero continúan

Por último, Veglia rechazó que la iniciativa implique una flexibilización de los controles vinculados al lavado de activos.

Explicó que los bancos, las entidades financieras y los demás sujetos obligados continuarán cumpliendo las normas establecidas por la Unidad de Información Financiera (UIF), encargada de supervisar el origen de los fondos.

“Los dólares que se depositen deben ingresar al sistema formal y los controles sobre el origen del dinero seguirán realizándose. Las entidades financieras deberán verificar que esos fondos no provengan de actividades ilícitas, como el narcotráfico o el lavado de dinero”, concluyó.