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Más de 220 mil empresarios ya se registraron en AFIP para pedir el auxilio destinado al pago de salarios

12 de abril de 2020


Más de 220 mil empleadores ya se registraron en la AFIP para recibir una prórroga de dos meses en el pago de aportes patronales en medio de la pandemia de coronavirus, en las primeras 48 horas desde que se habilitó la registración, informó hoy Impositiva.
Siete de cada diez empresas que accedieron al programa obtuvieron en forma "automática" una prórroga por dos meses del pago de las contribuciones patronales correspondientes a marzo que vencían en abril.

Las empresas interesadas en acceder a los distintos beneficios creados para amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio deben inscribirse en el sitio web de la AFIP. Todos los empleadores, sin importar la actividad que desarrollan ni la cantidad de trabajadores que se desempeñan en su firma, deben registrarse hasta el próximo miércoles 15 de abril, inclusive.

La registración no sólo no implica renunciar a ningún beneficio previsto en el programa sino que facilitará el acceso a futuras herramientas que se creen en el marco de la emergencia sanitaria. Esta medida es complementaria de las herramientas previstas en el ATP.

A partir del lunes, la AFIP solicitará a cada empresa inscripta en el programa datos económicos para determinar cuáles son los demás beneficios a los que podrá acceder. El organismo requerirá los datos de facturación por ventas.

Los empleadores deberán reportar los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020.
Al ingresar al sistema deberán completar el monto total para ambos años y cargar una planilla con información desagregada (podrán descargar del sitio un modelo de ese documento). A las empresas con más de 100 trabajadores se les requerirán datos financieros básicos.

Con el objetivo de facilitar y reducir la carga burocrática, el procedimiento de inscripción al ATP solicita a los empleadores que habiliten al organismo a compartir información con el Ministerio de Trabajo y la Anses.

La AFIP sólo requiere este permiso para que las empresas no se vean en la necesidad de realizar una presentación adicional ante las dependencias encargadas de canalizar el pago de los REPRO y la asignación compensatoria al salario, dos de los beneficios previstos en el programa.

Fuente: NA