Impusieron medidas alternativas a la prisión preventiva al muralista “Niño de Cobre”, de 37 años, al que se investiga como autor de delitos contra la integridad sexual en perjuicio de la mujer que era su pareja en la ciudad de Santa Fe. Así fue resuelto por el juez Jorge Patrizi en el marco de una audiencia llevada a cabo esta tarde en los tribunales de la capital provincial.
La fiscal a cargo de la investigación es Luciana Escobar Cello, integrante de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual (Gefas), quien señaló que “el juez no hizo lugar a nuestro pedido de prisión preventiva” y adelantó que “analizaremos los fundamentos y luego apelaremos la decisión”.
La funcionaria del MPA detalló que “si bien el magistrado entendió que estaba acredita la materialidad del hecho ilícito y también la probable autoría por parte del imputado, consideró que no existe peligro de fuga ni entorpecimiento probatorio”.
Entre las normas de conducta impuestas al hombre investigado –cuyas iniciales son AI– se enumeran la prohibición de salir del país y la entrega de su pasaporte, una medida de distancia y la prohibición de acercamiento a la víctima.
La abogada de la víctima, Paula Condrac, sostuvo por Veo Noticias: “pedíamos la prisión preventiva porque creíamos que debe esperar el juicio en prisión. El juez, aunque no le impuso la prisión preventiva, sí le impuso medidas cautelares muy fuertes. Tuvo que entregar su pasaporte argentino, su pasaporte italiano, tiene la prohibición absoluta de salir del país, tuvo que pagar una caución millonaria para poder continuar en libertad. Pero queremos destacar que, más allá que el juez entendió que no hay riesgo de fuga, sí quedó claro que hay elementos suficientes para que esta persona sea llevada a un juicio y acusada del delito de abuso sexual con acceso carnal”.
Abuso sexual
De acuerdo con lo informado por la fiscal, “el imputado cometió el ilícito el sábado 17 de diciembre del año pasado y la víctima pudo hacer la denuncia este año”. En tal sentido, informó que “en la audiencia imputativa realizada ayer (por el lunes) le atribuimos la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal”.
“El imputado y la víctima tenían una relación de pareja de aproximadamente nueve meses, que era sumamente abusiva, desigual y violenta”, señaló Escobar Cello en la audiencia. “Él celaba y manipulaba a su pareja, le controlaba el uso del teléfono celular y la comunicación con las personas de su entorno, tanto sus amistades como su familia”, agregó la fiscal.
Escobar Cello también informó que “controlaba el modo en que la víctima se vestía, sus publicaciones en las redes sociales y la forma en que se desenvolvía en reuniones sociales”. La funcionaria del MPA concluyó que “ejercía violencia física, psicológica y sexual sobre la mujer”.
La fiscal también hizo hincapié en que “el imputado obligaba a la víctima a tener determinadas conductas sexuales que ella no quería”. En tal sentido, explicó que “en el hecho ilícito que investigamos, la víctima se negó a tener relaciones sexuales y él la obligó con violencia”.