La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja presentada por la defensa del exdocente Juan Francisco Trigatti y dejó firme la condena a 12 años de prisión por delitos de abuso sexual cometidos contra alumnas mientras se desempeñaba como profesor de educación física.
La resolución, firmada el 3 de agosto, desestimó el recurso extraordinario impulsado por la defensa al considerar que los planteos formulados no demostraban arbitrariedad ni vulneraciones constitucionales que habilitaran la intervención excepcional del máximo tribunal. De esta manera, quedó firme la sentencia que había revocado la absolución de primera instancia y condenado al docente.
Trigatti fue condenado como autor de cuatro hechos de abuso sexual gravemente ultrajante agravados por haber sido cometidos mientras estaba a cargo de la educación de menores, además de un hecho de abuso sexual simple agravado, todos en concurso real. La pena impuesta fue de 12 años de prisión, accesorias legales y costas.
La Corte rechazó todos los planteos de la defensa
En su presentación, la defensa cuestionó la actuación de la Cámara que revocó la absolución, denunció supuestas irregularidades en la incorporación de escritos de amicus curiae, planteó una presunta violación al principio de congruencia y cuestionó la valoración de las pruebas y de los testimonios de las víctimas.
Sin embargo, la mayoría de la Corte concluyó que esos argumentos reflejaban una discrepancia con la valoración realizada por los jueces de la causa y no configuraban supuestos de arbitrariedad que justificaran la apertura de la instancia extraordinaria. El tribunal sostuvo que la sentencia condenatoria contó con fundamentación suficiente y que la revisión realizada por la Cámara respetó las reglas procesales y la sana crítica racional.
Además, los ministros señalaron que la condena se apoyó en una valoración integral de las declaraciones de las niñas, las entrevistas en Cámara Gesell, testimonios de familiares y profesionales intervinientes, junto con otros elementos probatorios incorporados durante el juicio.
También quedó firme la prisión preventiva
En un segundo fallo dictado el mismo día, la Corte provincial también rechazó la queja presentada contra la resolución que había confirmado la prisión preventiva de Trigatti.
El máximo tribunal consideró que la confirmación de la condena a 12 años de prisión, la gravedad de los hechos atribuidos y el estado avanzado del proceso justificaban mantener la medida cautelar por el riesgo de fuga, descartando que existieran fundamentos para revocarla.
Hubo tres votos en disidencia
Las dos resoluciones fueron adoptadas por mayoría. Los ministros Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler y Daniel Weder votaron en disidencia al entender que los planteos de la defensa merecían ser analizados mediante la apertura de la instancia extraordinaria, aunque sin pronunciarse sobre el fondo de la causa.